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Aníbal Sánchez “Hasta 21 de Octubre tenían partidos para Modificar Candidatos en Lista y el CNE, no habilita el Sistema (SAP)”

“A 24 horas de vencer el plazo para que los Partidos puedan hacer las sustituciones o modificaciones, sin efecto en Boleta, el Consejo Nacional Electoral no habilita el sistema que permita realizarlos” esto se debe denunciar, al tiempo que se explica que existe uno Oferta Electoral ‘engañosa’ una treta más perversa que la del 2017

Así lo aseveró el Diputado y Consultor Electoral, Aníbal Sánchez Ismayel, en base a lo establecido en el estamento jurídico vigente, que regula los procesos electorales “Justo cuando está abierto un debate sobre la competitividad, transparencia y equidad del Sistema Electoral” traemos esta denuncia

El Sistema de Postulaciones, Sustituciones y Modificaciones, está regulado en el Capítulo IV de la Ley de Procesos Electorales, “en esta oportunidad sobre los que nos concierne como es la imposibilidad de ejercer las modificaciones de ley sobre las candidaturas presentadas” iniciamos con lo establecido en el artículo 59 “…una postulación se considera admitida a los cinco días de presentadas…”

A partir de esta admisión de las candidaturas, inicia una fase de sustituciones, regulada en el capítulo v, de la misma ley, Articulo 62 “…las organizaciones políticas podrán hacer modificaciones de las candidaturas en caso de renuncia, fallecimiento o discapacidad; a tales efectos el CNE deberá tomar las medidas necesarias para mantener informado a los electores…”

En los casos cuando estas sustituciones, se realicen en un periodo que impida alterar los instrumentos de votación, se buscarán las medidas para garantizar que los votos obtenidos por el candidato sustituido, sean sumados al elegido por la organización en las modificaciones, como sustituto, establece el articulado, según Sánchez.

Las organizaciones políticas podrán hacer modificaciones en las candidaturas presentadas y admitidas, hasta diez días antes de las elecciones, y el CNE debe tomar las medidas para informar a los electores (Artículo 63 LOPRE) Esto no se viene cumpliendo pues en el acto del pasado Simulacro Electoral, la oferta electoral que se mostraba en las Máquinas, obedecía a las inscripciones originales o primarias, y posterior a esto se realizaron modificaciones en el lapso que se estipula para que se reflejen los cambios en las boletas.

A esta altura del Cronograma, se tiene estipulado según el Cronograma que se realice la Feria Electoral y que inicie el Programa de Divulgación de Candidatos de acuerdo a las circunscripciones electorales, pero si el CNE utiliza la data de candidatos de 1 Fase, estaría promoviendo una oferta irreal, lo que significa desinformación y genera confusión, agregó.-

Según el reglamento cada organización, puede hacer cambios o sustituciones en sus candidatos Nominales hasta 10 días antes del 21 de Noviembre y en caso de las candidaturas en forma de Lista hasta 30 días antes, tal como se recoge en la actividad 60 y 61 del Cronograma Electoral, esto significa hasta el 21 de Octubre y un día antes de la fecha el sistema del CNE s encuentra cerrado.

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