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Constitucionalistas advierten cómo la corrupción está socavando la democracia en América Latina

Expertos de Argentina, Brasil, México, Colombia y Chile, entre otros, alertan sobre ese fenómeno, pese a que los delitos contra el Estado en muchos países se consideran como un “atentado contra la democracia”.

En un libro titulado “La Constitución y el combate a la corrupción” y al que accedió Clarín, recopilado por los constitucionalistas Diego Valadés (México) y Antonio María Hernández (Argentina) se explica que por esa razón el robo al Estado está considerando ya en muchos países como un “delito penal constitucional”.

El libro publicado por la Universidad Autónoma de México, además, incluye capítulos sobre “La Agenda de Integridad en la nueva normalidad” de la presidenta de Transparencia Internacional, Delia Ferreira Rubio, “El combate a la corrupción en Brasil, los acontecimientos recientes y sus consecuencias” de Marcelo Figueiredo y “La Constitución y el combate a la corrupción en Chile” de Francisco Zúñiga Urbina”.

Otro capítulo versa sobre “La Constitución colombiana de 1991. La lucha contra la corrupción: una tarea histórica inconclusa”, de Julio César Ortiz Gutiérrez, entre otros.

En el capítulo argentino, Hernández lamentó “comprobar cómo fiscales no promueven acciones penales en delitos de acción pública, cuanto se trata de hechos vinculados al poder, o cómo disputan sobre la competencia entre ellos —lo mismo que los jueces—, para excusarse de intervenir en esas causas”.

“O cómo, en otras oportunidades, tanto jueces como fiscales actúan con gran diligencia para dictar los sobreseimientos que benefician al poder político de turno…”, agregó en alusión a los sobreseimientos que beneficiaron a la vicepresidenta Cristina Kirchner.

Esta obra de carácter internacional puede consultarse en el link: https://biblio.juridicas.unam.mx/bjv/detalle-libro/6677-la-constitucion-y-el-combate-a-la-corrupcion.

Por su parte, la presidenta de Transparencia Internacional, la argentina Delia Ferreyra Rubio, advirtió que “el clima de desconfianza afecta la gobernabilidad, deteriora el Estado de derecho, compromete la democracia y el respeto a los derechos y libertades, desarticula y fragmenta a las sociedades y genera el caldo de cultivo perfecto para los populismos de todos los colores políticos”.

“La demanda de soluciones urgentes frente a la emergencia del Covid y el miedo generado por la incertidumbre crean el clima propicio la concentración de poder y la suspensión de los controles, tal como se comprobó en 2020, cuando muchos gobiernos usaron la pandemia como una excusa para el abuso de poder”, agregó.

Sostuvo que “esta “cultura Cambalache” (en referencia al tango de Enrique Santos Discépolo) explica por qué impera la impunidad en materia de corrupción, por qué los corruptos siguen ganando elecciones al son del argumento “Roban, pero hacen” o “Roban, pero rebalsa””. “Luchar contra la corrupción apunta a controlar al poder, evitar abusos y aplicar las sanciones correspondientes en aras del bien común, la protección de los derechos y libertades de las personas, el fortalecimiento del Estado de derecho y la mejora en la calidad de la democracia”, agregó.

“La pandemia ha servido como catalizador para consolidar y conectar debates y esfuerzos que estaban dispersos y que hoy confluyen en las ideas de “reconstruir mejor” y “nueva normalidad” que orientan los programas y proyectos post-COVID de los organismos multilaterales de crédito, de las organizaciones internacionales y de los países”, afirmó Ferreyra Rubio.

Por su parte, el constitucionalista Hernández destacó que además, “la lentitud de la justicia (en la Argentina) es de tal magnitud que la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia ha estimado en 14 años la duración de las causas de corrupción, por lo que exime de más comentarios”.

Reconoció el aporte de periodistas de investigación y opinión como Daniel Santoro, Hugo Alconada Mon, Luis Majul, Joaquín Morales Solá, Diego Cabot y Jorge Lanata, entre otros, que “expusieron el fenómeno de la corrupción sistemática y estructural que padeció Argentina, especialmente entre los años 2003 y 2015”.

En ese sentido, Hernández dijo que “sorprende que no obstante que en Argentina se tenga el más alto nivel de protección constitucional de la libertad de expresión, profundizada con la incorporación en el artículo 43 del secreto de las fuentes de información periodística todavía se insista en la criminalización de dicha actividad”, en alusión al caso Santoro perseguido por impulso de Cristina Kirchner en el marco del llamado Operativo Puf, entre otros.

También destacó las denuncias judiciales efectuadas por algunas legisladoras, como Elisa Carrió, Margarita Stolbizer y Graciela Ocaña, entre otros, en ese avance que hubo en el tema.

Luego de la asunción del ex presidente Mauricio Macri, en diciembre de 2015 hubo “una mayor independencia del Poder Judicial, un mayor equilibrio entre los poderes Ejecutivo y Legislativo, y el funcionamiento de la Oficina Anticorrupción”.

“Igualmente, se sancionaron leyes como las de acceso a la información pública, Nº 27.275 de 2016, de los arrepentidos, Nº 27.304 de 2016, y de responsabilidad penal de las personas jurídicas privadas, Nº 27.401 de 2017”, destacó el constitucionalista.

En cuanto a la causa de los Cuadernos de las Coimas, recordó que en el 2018 el ex juez Claudio Bonadío, en base a los requerimientos de instrucción del fiscal Carlos Stornelli, “procesó a 42 personas, incluyendo a los expresidentes Kirchner y Fernández de Kirchner, por liderar una asociación ilícita que percibió fondos ilegales entre 2003 y 2015 y que incluía a los exfuncionarios antes mencionados y a empresarios”.

Subrayó que “Amado Boudou, que fuera vicepresidente de la Nación, fue condenado por cohecho pasivo y negociaciones incompatibles con la función pública, por intentar quedarse irregularmente con la Imprenta Ciccone Calcográfica”, fue un hito en la historia judicial argentina.

En las conclusiones, afirmó que “desde la Ley Suprema Federal en el artículo 36 se ha prescripto a la corrupción como un delito penal constitucional y que, además, con todo acierto, se le ha caracterizado como un atentado a la democracia y al orden constitucional”.

Agregó “el inciso 22 del artículo 75, que reconociera rango constitucional a ciertos tratados internacionales de derechos humanos y rango supralegal al resto de dichos instrumentos”.

En este sentido, en la Argentina “fueron aprobadas las convenciones contra la corrupción, tanto la regional de la Organización de los Estados Americanos como la mundial de las Naciones Unidas”.

Asimismo, la Convención de la Organización de las Naciones Unidas contra el Crimen Transnacional Organizado, de 2000, fue aprobada por la Ley del Congreso Nº 25.632, de 2002, y la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), de 1997, fue aprobada por Ley del Congreso Nº 25.319, de 2000.

Es decir “que tenemos una legislación más que suficiente para enfrentar este verdadero cáncer del régimen político argentino, que es la corrupción, y, sin embargo, no se han logrado hasta ahora resultados apreciables en esta lucha”, finalizó Hernández.

Clarín

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