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Denuncian de inconstitucionalidad: Proyecto de “Ley de Ciudades Comunales”

Ante el inicio de la discusión sobre el llamado “Proyecto de Ley de Ciudades Comunales” en la Asamblea Nacional elegida de forma irregular en el año 2020; las organizaciones, que suscriben el presente documento hacen del conocimiento público lo siguiente:

1) La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) no contempla como parte de la división política-territorial ni la figura de “comunas” ni la de “ciudades comunales”. En todo el texto de la Carta Magna sólo aparece la palabra “comunal” en una oportunidad, referida específicamente a las empresas comunales de servicios (artículo 184). Cualquier división político-territorial del país que establezca figuras no contempladas en el artículo 16 de la CRBV es inconstitucional, representando una grave amenaza contra el Estado democrático y social de Derecho y de Justicia aprobado por los venezolanos en 1999, suplantándolo por la vía de los hechos en un “Estado Comunal”. 

2) Luego de una práctica reiterada en la creación de instancias paralelas de gestión territorial y administrativa, la creación de “ciudades comunales”, como las planteadas en el proyecto de ley, tendrán la posibilidad de sustituir las diferentes instancias de gestión regional, local y municipal (gobernaciones, alcaldías y concejos municipales), mediante la transferencia de recursos y competencias, a autoridades no electas por el voto universal, directo y secreto.

3) La práctica del llamado “poder popular” en Venezuela no ha significado la profundización de prácticas democráticas ni un mayor fortalecimiento de las capacidades autónomas de las organizaciones sociales y populares.  En cambio, han agravado la delegación absoluta de la capacidad de gestión y decisión en la cúpula del poder estatal, la opacidad en la gestión pública y las anomalías en la gestión de los recursos. Lo anterior se evidencia en su artículo 53 al establecer que las actuaciones de las Ciudades Comunales se regirán por el principio de “gobierno obedencial” y de una “corresponsabilidad”, que a su vez libra al Estado de sus obligaciones, trasladándolas a esta inconstitucional estructura política.

4) El antecedente de las llamadas “ciudades socialistas”, cuyos objetivos son similares a los establecidos para las “ciudades comunales” en el proyecto de ley, no ha garantizado el derecho a la vivienda para los venezolanos ni ha significado la mejoría de la calidad de vida digna para sus habitantes. Ninguno de los megaproyectos de “ciudades socialistas” promovidos en diferentes lugares del país ha sido finalizado, incumpliendo sus propias metas, discriminando por razones políticas el acceso a una vivienda. Las actuales autoridades tienen una profunda deuda en el respeto, promoción y vigencia del artículo 82 de la Carta Magna, relativo a una vivienda digna.

5) La promoción inconstitucional de un “Estado comunal”, con la transformación de la división político-territorial que supone, se realiza en un momento de pandemia, que impide el pleno ejercicio de los derechos de libertad de asociación y reunión; libertad de expresión y manifestación pacífica por parte de la ciudadanía, la cual está siendo excluida de la discusión y debate de dicha propuesta.

6) La delegación de funciones de seguridad ciudadana y defensa de soberanía a las “ciudades comunales”, como las que establece el proyecto de ley en sus artículos 47 y 48, 50 y 51, representan un avance en la institucionalización del estado policial en el país y generarán condiciones para continuar con la violación sistemática de los derechos humanos. De igual modo, preocupa que en su artículo 49 se autorice a las Ciudades Comunales a la “construcción, ocupación y uso” de espacios públicos, de forma genérica, sin regulación ni controles. 

7) El proyecto de ley de ciudades comunales no solucionará ninguno de los problemas de los venezolanos y venezolanas, sino que los agravará. Su aprobación constituirá una grave interferencia a la posibilidad de resolver el actual conflicto mediante mecanismos pacíficos y democráticos.

8) Por significar un cambio en la división político territorial de Venezuela y ser además un asunto de trascendencia nacional de conformidad con los artículos 16 y 71 de la Constitución Nacional, la Ley Aprobatoria debería ser sometida a referéndum por ser materia de especial trascendencia parroquial, municipal y estadal.

Realizamos un llamado a todas las organizaciones sociales, comunitarias y políticas venezolanas a la movilización y denuncia en defensa de la vigencia del proyecto de país establecido en la Constitución de 1999, rechazando el definitivo desmontaje de la institucionalidad democrática presente en la actual Carta Magna.

Suscriben:

A.C. Cáritas Ciudad Bolívar
A.C. Ciudadanos Luna Nueva
A.C. Mujer y Ciudadanía
A.C. Radar de los Barrios
Acceso a la Justicia
Acción Solidaria
Alerta Venezuela
Alianza social de trabajadores de Aragua (ASTA)
APROUPEL ” El Macaro”
Aquí Cabemos Todos
Arboreus Derechos Humanos AC
Asamblea de Educación
Asociación Civil Caciques “ASOCICA”
Asociación Civil Ecológica y Social Chunikai
Asociación civil Los Naguaritos
Asociación de Profesionales Universitarios APUFAT UCV
Asociación de Profesores de la UCV
Asociación de Vecinos de Santa Inés APRUSI
Asociación Nacional de Trabajadores Universitarios ANTUJ
Asociación Venezolana de Consumidores y Usuarios AVCU
Aula Abierta
CADESUR
Caleidoscopio Humano
Cámara Venezolana de Servicios de Productores Nacionales Audiovisuales CAVESPNA
Caminata de Oración
Caracas Ciudad Plural
Cátedra de DDHH de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado
Catia Posible
CECDRI A.C
Centro de Formación para la Democracia CFD
Centro de investigaciones populares
Centro de Justicia y Paz – Cepaz
CISFEM
Civilis Derechos Humanos
Ciudadanía con Compromiso AC
Clima21 – Ambiente y Derechos Humanos
Colegio de Médicos – Monagas
Colegio de Profesionales de Enfermería Acarigua, Portuguesa
Comisión Nacional DDHH Federación de Colegios de Abogados de Venezuela estado Táchira
Comisión Nacional DDHH Federación de Colegios de Abogados de Venezuela estado Lara
Comité de DDHH de la Carucieña – Barquisimeto
Comunidad en Movimiento AC
Conciencia Ciudadana AC
Consejo comunal Base Aragua III Maracay
Consejo Comunal de Santa Eulalia
Consejo Comunal Sirocaima
Consejo Comunal TEBRIPAR
Control Ciudadano para la Seguridad, la Defensa y la Fuerza Armada Nacional 
Coordinación de la federación de colegio de abogados de Venezuela Guarico
Coordinadora de Lucha Vecinal Lara
Creemos Alianza Ciudadana   Mérida
Creemos Alianza Ciudadana Libertador
Creemos Alianza Ciudadana Miranda
Creemos Alianza Ciudadana Táchira
Creemos Alianza Ciudadana Zulia
EDEPA A. C.
Escuela de Comunicación Social – UCV
Escuela de Formación Obrera “Priscila López ” , Maracay
Espacio Civil a.c.
Estudio Jurídico Fabián Chacón
EXCUBITUS Derechos Humanos en Educación
Frente Amplio Venezuela Libre
Fedecamaras – Monagas
Federación Nacional de Sociedades de Padres y Representantes -FENASOPADRES-
Federación Venezolana de Abogadas FEVA
Foro Ciudadano
Foro Hatillano
Frente en Defensa del Norte de Caracas / Asamblea de Ciudadanos de Candelaria
Fundacion Aguaclara
Fundación Comunidades Ciudadanas
Fundación de Egresados UNET
Fundación Eduardo Rafael
Fundación Grupo De Apoyo A Todo Pulmón
Fundación Iribarren Lucha
Fundación La Gran Victoria
Fundación Lucelia
Fundación Municipio y Ciudadanía
Fundación para el Debido Proceso (Fundepro)
Fundación para el desarrollo Integral FUNDESI
Fundación Proyecto Cumbre Ecológica y Turística
FundaRedes
Gente del Deporte
Geografia Viva
GobiérnaTec
Grupo La Colina A.C.
Hearts On Venezuela
Horizonte Pluralista movimiento ciudadano
ICATI
Instituto Mead de Venezuela AC
M.B.I. en Acción
Marcca
Monitor de Derechos Humanos
Mosbase
Movimiento Ciudadano Dale letra
Movimiento Ciudadano Uniendo Voluntades
Movimiento Democracia e inclusión (MDI)
Movimiento SOMOS
Laboratorio de Paz
Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de los Andes
Observatorio de Violencia de Género de Proyecto 860 Táchira
Observatorio Global de Comunicación y Democracia
Observatorio Penal Mérida OPEM DDHH
Observatorio Venezolano DDHH Mujeres
Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos (WOLA)
Organización Comunitaria Las Brisas
Organización Comunitaria Las Carolinas
Organización Humanitaria Las Vírgenes
Organización Comunitaria Zona 10 La Gran Victoria
Organización Proyecto Venezuela M.B.I
Padres jesuitas del Táchira
Padres Organizados de Venezuela
Profesores Ucevistas por la Unidad de las Fuerzas Democráticas
PROMEDEHUM (Mérida)
ProPúblico
Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (Provea)
Proyecta Ciudadanía AC
Proyecto 860
Proyecto Venezuela M.B.I
Proyecto Venezuela Municipio Libertador Palo Negro
Red de Activistas Ciudadanos por los Derechos Humanos (Redac)
Red de Organizaciones Vecinales de Baruta
Red nacional de Vecinos (Renavec)
Resonalia.org
RUPTURA/TERCER CAMINO
Sociedad en Acción (SEA)
Sociedad Civil Parroquia Andrés Eloy Blanco Maracay
Sociedad Civil Visor 360
Sociedad civil MBI
Sociedad Hominis Iura (SOHI)
SUNEPINPARQUES
Universidad Católica Andrés Bello (UCAB)
Una Ventana a la Libertad
Unión Afirmativa
Unión Vecinal para la Participación Ciudadana AC
Universidad Central de Venezuela
Vicaría de DDHH de la Arquidiócesis de Barquisimeto
Voto Joven

Enrique Lopez Alfonzo 

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