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GTAI – ULA: ante los hechos de violencia en los territorios ancestrales y tradicionales de los pueblos indígenas Ye’kwana y Sanema

Pronunciamiento del Grupo de Trabajo sobre Asuntos Indígenas (GTAI) de la Universidad de Los Andes, ante los hechos de violencia en los territorios ancestrales y tradicionales de los pueblos indígenas Ye’kwana y Sanema de los ríos Caura y Erebato, Estado Bolívar, Venezuela

El contexto de la violencia en el río Caura y Erebato:

1. Los pueblos indígenas Ye’kwana y Sanema se encuentran ubicados desde tiempos inmemoriales en la cuenca del Caura y Erebato, del Estado Bolívar, Venezuela.

2. El territorio autodemarcado por su organización tradicional KUYUJANI desde el año 2001, es el que ha sido legado por sus ancestros, y es el que han salvaguardado para las generaciones presentes y futuras, constituyendo uno de los primeros auto-deslindes de territorios indígenas existentes en el país. Lamentablemente la misma nunca fue aceptada y reconocida por el Estado venezolano.

3. Este territorio rico en diversidad biológica es el asiento fundamental de la cultura Ye’kwana y Sanema, contando con bellezas escénicas y sitios sagrados de valor universal.

4. El fracaso del Plan Caura en el año 2010 ha conllevado a la violencia extractivista en la región, con la presencia de actores externos que han amenazado con la minería ilegal las formas de vida de los pueblos y comunidades indígenas Ye’kwana y Sanema.

5. A partir del año 2016, esta escalada extractiva en el río Caura y Erebato viene a ser complementada con el Plan de destrucción al Sur del Orinoco conocido como Arco Minero del Orinoco (AMO).

7. Un año después, el 21 de marzo de 2017, mediante Decreto 2767 publicado en Gaceta Oficial Número 41118, el Ejecutivo Nacional como parte de sus políticas contradictorias y de dualidad ambiental, procedió a la declaratoria del Parque Nacional Caura.

8. La aprobación del Parque Nacional Caura se da en medio de una ofensiva de asociaciones estratégicas con empresas nacionales y transnacionales en el marco del proyecto AMO, en áreas de influencia en el territorio ancestral y tradicional del pueblo Ye’kwana y Sanema.

9. El Parque Nacional Caura hubiese podido prefigurar la solución al reconocimiento y titulación de grandes extensiones de hábitats indígenas con una doble condición cultural y ambiental. No obstante, después de tanto tiempo sin una declaratoria de ABRAE, el decreto de Parque Nacional Caura pudo haber trascendido la visión preconstitucional de las áreas protegidas.

10. Hoy en día, las amenazas además de afectar sus modos de vida, ponen en riesgo la seguridad del territorio y la de las autoridades ancestrales y tradicionales (Kajishanas), así como la de los miembros de la organización KUYUJANI.Los recientes episodios.

11. El Informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos Sobre la Situación de los Derechos Humanos en la República Bolivariana de Venezuela, del año 2019, reconoce en su punto relacionado a los grupos en situación de riesgo que, “hay violaciones a los derechos colectivos de los pueblos indígenas a sus tierras, territorios y recursos tradicionales. Han perdido el control de sus tierras, incluso debido a la militarización por parte de agentes del Estado. Su presencia ha provocado violencia e inseguridad en sus territorios en los últimos años, a lo que se suma la presencia de bandas criminales organizadas y grupos armados…”.

12. El día 7 de mayo, a las 6 de la mañana, se produjeron hechos violentos en “La Puerta”, Caura Medio, Estado Bolívar, cometidos por supuestos grupos armados vinculados a la minería ilegal.

13. Un conjunto de indígenas conformados por trece (13) Ye’kwana, un Pemon y un Sanema, fueron atacados por estos grupos, resultando muertos dos indígenas Ye’kwana, de nombre Cristian Flores y Franke Sarmiento, junto a otro trabajador informal sin identificación.

14. Estas muertes se suman a la ya larga lista de víctimas del extractivismo, las cuales hacen parte de la historia extractiva de los últimos tiempos.

Petitorio
En virtud de lo que venimos de exponer, el GTAI como grupo de investigación y acción social que ha venido acompañando en sus demandas y reivindicaciones históricas a los pueblos y comunidades indígenas del país, en particular al pueblo Ye’kwana y Sanema de los ríos Caura y Erebato del Estado Bolívar, exhorta a las autoridades nacionales lo que sigue:
1. Esclarecimiento inmediato de los hechos acontecidos en los hábitats ancestrales y tradicionales de los pueblos indígenas Ye’kwana y Sanema.

2. Conformación de una comisión de investigación imparcial para la determinación de los hechos, con presencia y participación directa de la jurisdicción especial indígena Ye’kwana y Sanema.

3. Medidas de protección al territorio Ye’kwana y Sanema de la cuenca del río Caura y Erebato, como condición para la preservación y garantía de sus formas de vida, tal como lo reconoce la Declaración de Derechos de los Pueblos Indígenas de las Naciones Unidas, el Convenio 169 de la OIT, el artículo 119 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV), la Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas (LOPCI) y la Ley para la Demarcación y Garantía del Hábitat y Tierras de los Pueblos y Comunidades Indígenas (LDGHTPCI), respectivamente.

4. Medidas de protección en favor de las autoridades ancestrales y tradicionales (Kajishanas) del pueblo Ye’kwana y Sanema de la cuenca del río Caura y Erebato, así como de los miembros de la organización tradicional KUYUJANI.

5. Inmediata moratoria y paralización de todos los proyectos extractivos que se están realizando en territorios indígenas, en particular del proyecto AMO, por constituir estos una sentencia de muerte a las culturas originarias y a sus formas de vida, ante el inminente riesgo de contagio por el COVID 19 por la presencia de grupos externos y mineros ilegales en hábitats indígenas.

6. Que se proceda de manera inmediata a reconocer la auto demarcación que realizó la organización KUYUJANI en el año 2001, como parte de la demarcación pendiente de sus hábitats y tierras, y como una forma de resarcimiento e indemnización de daños a la cultura originaria y al medio ambiente.

En Mérida a los 8 días del mes de mayo del 2020

Comunicado GTAI Ye’kwana
PROVEA

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