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Luis Carlos Díaz: Una nueva violación de la libertad de expresión en Venezuela

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La Jueza Yislent Infante Medina presidió una audiencia oral por solicitud de la defensa de Luis Carlos Díaz este 9 de diciembre y decidió extender por un año el plazo para la investigación sobre su caso a pesar de que la Fiscalía no tiene pruebas tras casi nueve meses de investigación. Díaz está acusado de instigación pública, fue detenido después de que el presidente de la ilegítima asamblea nacional constituyente divulgara un video manipulado en el que el periodista y defensor de derechos humanos ofrece recomendaciones para comunicarse en caso de falta de energía eléctrica.

El 12 de noviembre Espacio Público solicitó que se realizara esta audiencia con el fin de determinar, según el Código Orgánico Procesal Penal (COPP), el tiempo que el Tribunal otorgaría a la Fiscalía para presentar el acto conclusivo de la investigación, ya que el plazo de ocho meses establecido en la ley ya había culminado, Díaz es inocente, y no hay pruebas en su contra. Esta audiencia oral debía celebrarse a más tardar a los 10 días de solicitada, sin embargo, la cita se dio 28 días después.

En la audiencia oral no se cumplieron las formalidades legales. La Fiscal auxiliar, Mercedes Cabrita, expuso sus argumentos como si se tratara de una conversación fuera de un Tribunal; luego Luis Carlos Díaz y su defensa mostraron las diligencias que han presentado ante la Fiscalía desde marzo de 2019, y que aún no tienen respuesta. Además recordaron que la Fiscalía no ha presentado ninguna prueba convincente que sustente el caso contra el periodista y tampoco ha diligenciado frente a la investigación, por lo que continuar el proceso penal implica seguir violando sus derechos humanos.

La excusa para vulnerar los derechos de Luis Carlos Díaz, es que la Fiscalía 67 nacional plena lleva otros casos políticos, por lo que su despacho está muy ocupado para dar respuesta a la investigación contra el periodista. Este argumento no es válido para que en nueve meses no haya habido respuesta a Díaz ni a su defensa; la negligencia e inconvenientes en el Poder Judicial no pueden ser una razón para la violación de derechos humanos, pues el Estado tiene la obligación de velar por la protección de estos derechos y es el responsable de ejercer las medidas necesarias para que se respeten, en cumplimiento de la Constitución Nacional, las leyes, y los acuerdos internacionales.

La Fiscalía solicitó que se extendiera el plazo de la investigación a dos años, mientras que la defensa de Díaz pidió a la Jueza que otorgara 30 días para la presentación del acto conclusivo, que debería declarar la inocencia del periodista. La jueza decidió otorgar un año más a la Fiscalía, que tendrá hasta el 9 de diciembre de 2020 para presentar el acto conclusivo.

Esta decisión se fundamenta en una interpretación restrictiva del artículo 295 del COPP, que establece cuáles son los delitos por los cuales la Fiscalía puede tener más tiempo para investigar. En el caso de Luis Carlos Díaz la Jueza argumentó que el supuesto delito tiene múltiples víctimas, por lo que el plazo debe ser entre uno y dos años.

Yislent Infante Medina es la cuarta Juez que lleva el caso, en un proceso de asignación opaca en el que no se conocen las razones para los cambios, que además afectan la posibilidad de darle respuesta célere a las partes y hacer justicia, pues el tiempo para conocer sobre el mismo se reduce cada vez que el Poder Judicial reemplaza a la persona encargada de decidir sobre el caso. Mientras tanto, Luis Carlos Díaz permanece bajo medidas cautelares de presentación, prohibición de salida del país y de declarar a los medios sobre su caso, lo que implica un castigo sin investigación y sin sentencia contra un defensor de derechos humanos.

El uso del poder judicial para perseguir la opinión suma 22 casos en 2019

La decisión de la Jueza Infante ignora la falta de actuación de la Fiscalía, y la inexistencia de pruebas que puedan convencer sobre la necesidad de realizar un juicio en contra de Luis Carlos Díaz. El expediente del caso sólo contempla un acta policial del 11 de marzo de 2019 a cargo de Kelvin Rodríguez, funcionario de la Dirección de Contrainteligencia del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin), quien únicamente inició el proceso penal. Este documento que no funge como un elemento de convicción para imputar el delito de instigación pública en contra de Díaz.

El uso del poder judicial para perseguir la opinión suma 22 casos en 2019, tres de ellos en noviembre, es un mecanismo que afecta a medios de comunicación e individuos que se dedican a difundir información y vulnera también los derechos de toda la población a recibir información. En este caso se suma el uso de medios y recursos públicos para criminalizar a un periodista y defensor de derechos humanos, ya que Diosdado Cabello utilizó un canal de televisión financiado por el Estado para alterar un video y divulgarlo, lo que degeneró en la detención de Díaz.

La falta de independencia del Poder Judicial se evidencia en este y otros casos en los que funcionarios públicos señalan a periodistas, defensores de derechos humanos, medios de comunicación e infociudadanos; a causa de la información que divulgan por diferentes vías, y posteriormente son detenidos y procesados penalmente. El argumento del “discurso de odio” ha sido utilizado sin pruebas y sin investigación con el fin de silenciar voces, mientras altos funcionarios del gobierno se muestran en los medios de comunicación con armamento, ofreciendo declaraciones violentas y discriminatorias sin que se produzca ninguna acción del Poder Judicial para proteger los derechos de las y los venezolanos.

La defensa y protección de los derechos humanos por un gobierno democrático debe ser igual para todos sus ciudadanos, fundamentado en la presunción de inocencia y respetando la Constitución, las leyes, y los acuerdos internacionales. Rechazamos que el Estado continúe vulnerando los derechos de Luis Carlos Díaz, en un proceso signado por las irregularidades procesales que incluyen su desaparición y la inacción de la Fiscalía que sigue restringiendo sus libertades siendo inocente, sin pruebas que sustenten la acusación.

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