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Opinión: La Verdad Oculta detrás del Caso Afiuni y Sonia Sgambatti, Por Diógenes Tirado

Sonia Sgambatti

El caso penal de la Juez doctora MARÍA LOURDES AFIUNI, concluye con la sentencia del Tribunal Supremo de Justicia, un juicio con una duración de 10 años.
Se le juzga desde diciembre 2009, cuando en el ejercicio de su magisterio como Juez Penal, tomó la decisión de someter a juicio en libertad a un presunto preso político llamado ELIGIO CEDEÑO, quien tenía más de 2 años, 10 meses tras las rejas, acusado de cometer operaciones cambiarias ilegales.
La Juez Afiuni basó su decisión en aplicación de la ley procesal venezolana que establece que nadie puede estar detenido por más de 2 años sin sentencia, así como en una recomendación del Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria de Naciones Unidas, organismo que había solicitado su procesamiento en libertad.
La Juez le otorga al imputado medida cautelar sustitutiva de la privación judicial de libertad que pesaba sobre él, y le impone un régimen de presentaciones cada 15 días, prohibición de salida del país y retención de su pasaporte.
Pocos minutos después de haber sido dictada la decisión, funcionarios uniformados adscritos a los Servicios Bolivarianos de Inteligencia -SEBIN- allanan la sede del tribunal de la Jueza Afiuni en el Palacio de Justicia. Los funcionarios alegan que actúan por órdenes superiores, sin que mediara orden judicial de captura y sin indicar los motivos legales de su detención.
Así fue esposada, conducida fuera del Palacio de Justicia y posteriormente enviada a prisión.
El mismo día de su detención el presidente de la República Hugo Chávez, en cadena nacional de radio y televisión calificó a la Juez Afiuni de bandida, quien debía estar en la cárcel, porque tiene que pagar por lo que ha hecho al poner en libertad al banquero Eligio Cedeño, otro bandido, y también, para que le sirva de ejemplo a los Jueces y no se les ocurra hacer lo mismo. Chávez agregó: “exijo dureza que se aplique todo el rigor, ya lo hablé con la presidenta del Tribunal Supremo de Justicia, Luisa Estela Morales”. Y dijo: “un Juez que libere a un bandido debe condenarse a 30 años de cárcel”. Continúo diciendo, “exijo a la Asamblea Nacional una nueva ley que contemple este tipo de casos”.
En ese acto oficial se encontraban presentes diversos funcionarios públicos, incluyendo a la Fiscal General de la República, Luisa Ortega Díaz. Finalmente Chávez exigió 30 años de prisión para los jueces delincuentes.
Estas declaraciones del fallecido Hugo Chávez, violan el derecho a la presunción de inocencia e interfieren en la independencia del Sistema de Justicia.
Ante estas declaraciones públicas no hubo tribunal en Venezuela que pudiera seguirle un juicio imparcial y la absolviera como correspondía. Su destino estaba marcado.
Así los jueces se encuentran a merced de las decisiones del poder ejecutivo, por ello, su independencia e imparcialidad se encuentra comprometida.
Afiuni fue recluida en el Instituto Nacional de Orientación Femenina -Cárcel de Mujeres- en una celda de 5 por 5 metros.
Su permanencia en la cárcel la comparte con reclusas procesadas o penadas por delitos comunes, incluso algunas sentenciadas por ella misma, algunas de alta peligrosidad, lo cual constituyó un peligro grave para su integridad física y su vida. En la cárcel padeció torturas, vejaciones, violencia sexual y amenazas de muerte.
Sus órganos sexuales, vejiga y ano estaban destrozados y un seno estaba necrosado por las patadas por botas militares, lesiones confirmadas por informes médicos forenses.
La salud de Afiuni se vio comprometida, se evidenciaron efectos negativos en su salud física y mental. Hoy día tiene metástasis en el ganglio centinela, cáncer agresivo en la boca, recibe quimioterapia y radioterapia.
El proceso de deterioro de su salud fue producto de condiciones discriminatorias, se le negó el derecho a la asistencia médica, odontológica y psicológica.
Se le privó caminar dentro del penal y tomar sol, dejándola encerrada por largos períodos de tiempo en una celda minúscula, alegando supuestas razones de seguridad.
En sus traslados a los tribunales, la llevan esposada, con chaleco antibalas y fuerte custodia militar. El trato para con ella siempre fue totalmente cruel y degradante.
El proceso judicial contra Afiuni está lleno de vicios e irregularidades desde el inicio.
Antes de la apertura del juicio oral de la Juez Afiuni, el desaparecido Presidente Chávez, haciendo uso de sus competencias legislativas y extraordinarias derivadas de la Ley Habilitante, reforma el Código Orgánico Procesal Penal con efecto retroactivo, lo cual es totalmente ilegal pues, solamente se debe aplicar la retroactividad cuando va en beneficio del reo.
A través de dicha Ley Habilitante, la Asamblea Nacional, otorgó al poder ejecutivo, la facultad de dictar decretos con rango, valor y fuerza de ley, en materias relacionadas con la comisión de hechos punibles.
Las facultades descritas concentran los poderes ejecutivo y legislativo en uno solo, en este caso en el poder ejecutivo.
Tal reforma tiene impacto directo en el proceso penal contra Afiuni.
Ella es acusada de cometer el delito de corrupción propia.
De acuerdo con la Fiscal General de la República, Luisa Ortega Díaz, los hechos ocurrieron no porque Afiuni recibiera algún pago, sino porque al otorgar la libertad a Eligio Cedeño, le generó satisfacción personal, lo que se calificó como “corrupción espiritual”.
En ninguna fase del proceso se produjeron las pruebas necesarias para sustanciar sus alegatos contra la procesada.
La Fiscalía reconoció que no existía evidencia tangible de soborno alguno, en relación a la acusación por el delito de corrupción propia que se le había imputado, pero, argumentó que el beneficio que había obtenido Afiuni era la libertad del prisionero.
A pesar de todo ello, el tribunal admitió los cargos en su contra y ordenó la continuación del proceso y de su detención.
En junio de 2013, se le otorga libertad condicional con prohibición de salida del país, de hablar con los medios de comunicación nacionales e internacionales y de utilizar sus redes sociales.
Caso de flagrante censura que impone el poder judicial, haciendo caso omiso a nuestra Constitución que protege el derecho a la libertad de expresión.
La Juez Afiuni fue condenada a 5 años de prisión por corrupción espiritual. Delito inexistente en nuestros textos penales.
El Juez reconoció que los fiscales del Ministerio Público, no pudieron demostrar que la imputada hubiera recibido dinero, o promesa del mismo a cambio de la excarcelación de Eligio Cedeño, enjuiciado por el caso Microstar.
La ley que castiga los delitos contra el Erario Público, así como el Código Penal, exigen para la existencia del delito, que al funcionario le hayan prometido dinero o alguna otra ganancia o beneficio.
El delito de corrupción propia, no sólo precisa de la obtención de dinero por parte del funcionario, sino de cualquier utilidad para sí mismo, o para un tercero.
Sin prueba alguna fue condenada a 5 años de prisión, por el Juzgado de Primera Instancia en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, a cargo del Juez Manuel Antonio Bognanno.
Sus abogados ejercieron el recurso de apelación y la sentencia fue ratificada por la Sala Accidental 10 de la Corte de Apelaciones del Área Metropolitana de Caracas, la cual estuvo conformada por las juezas, Mariana Oliveros, Adriana López y Zulay Salazar.
La defensa anuncia Recurso de Casación, y, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, con ponencia de Elsa Janeth Gómez Moreno, desestima el recurso y queda firme la sentencia que la condena a 5 años de prisión.
El Sistema de Justicia ignoró los llamados de los Órganos de Protección de los Derechos Humanos del Sistema Interamericano y del Sistema de Naciones Unidas.
Se ha evidenciado, la actuación sistemática de persecución, utilizando la administración de justicia venezolana, lo cual ha sido constatada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
El estado venezolano se coloca así, al margen de sus compromisos internacionales, en violación de esto y de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
El proceso judicial de la Juez Afiuni no se realizó en plazo razonable, pues tuvo una duración injustificable de 10 años. La acusación fue infundada y arbitraria. Se vulneró su derecho a tener un juicio justo, por un tribunal independiente e imparcial.
En definitiva, Afiuni fue arrestada y juzgada como represalia por liberar a un prisionero político y por haber ejercido con independencia sus funciones judiciales.
El caso Afiuni, evidencia un sistema de gobierno que atenta contra la independencia del poder judicial, uno de los valores fundamentales del estado de derecho y del sistema democrático.

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