Debido a la reciente decisión de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), de fecha 15 de marzo del corriente año, expediente N° 2014-1376, mediante la cual declaró sin lugar la demanda de nulidad contra la Providencia Administrativa de la SUNAVI N° 00042 de fecha 27 de marzo del 2.014, en la cual se establecieron las normas para que los propietarios y arrendadores de edificios que tengan veinte años o más dedicados al arrendamiento los oferten en venta a sus arrendatarios, considero importante recordar los aspectos más importantes de esta normativa:
1-La providencia obliga a los propietarios y arrendadores a ofertar en venta a sus arrendatarios en un lapso de sesenta (60) días hábiles a partir de la entrada en vigencia de la presente norma, y de conformidad a lo establecido en la Ley para Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda.
2-El propietario o arrendador que no cumpla con esta providencia será multado con dos mil unidades tributarias (2.000 UT) por cada vivienda que no oferte, la cual deberá ser pagada en un lapso de cinco días hábiles, una vez determinado el incumplimiento.
3-De acuerdo con la providencia, el propietario o arrendador que oferte los inmuebles, deberá solicitar previamente su justo valor ante la SUNAVI, junto con los siguientes requisitos:
*-Contrato de Arrendamiento o Justificativo de Testigo que demuestre la relación de arrendamiento
*-Certificado de haber cumplido con la inscripción en el Registro Nacional de Arrendamiento de Vivienda
*-Planilla de características del inmueble, la cual deberá descargar www.minvih.gob.ve/sunavi
*-Documento de condominio del edificio.
*-Documento de propiedad del inmueble
*-Permiso de habitabilidad o permiso de construcción del inmueble
*-Fotografías de las 4 fachadas, de los ascensores, de los ductos de basura, de las escaleras de acceso de cada piso, de los bajantes de basura de cada piso, de los sótanos en caso de existir, de los tanques de aguas blancas, de los jardines y en general de las áreas comunes, en papel fotográfico con fecha de impresión no mayor a dos meses de la fecha de su presentación.
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