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Comité de Derechos Humanos de la ONU considera que el proceso penal contra Allan Brewer Carías violó las garantías del debido proceso

Venezuela violó el derecho de un jurista a ser juzgado por un tribunal independiente y a la presunción de inocencia, dijo el miércoles el Comité de Derechos Humanos de la ONU.  

Las conclusiones del Comité se refieren al jurista Allan Brewer Carías, que fue procesado en 2005 por su presunta participación en la elaboración del llamado “Decreto Carmona”. Este decreto ordenaba el establecimiento de un gobierno de transición tras un golpe de Estado en Venezuela en abril de 2002, en el que el presidente Hugo Chávez fue destituido durante 47 horas antes de ser restablecido en el poder.

Según Brewer Carías, en la madrugada del 12 de abril de 2002 recibió una llamada de Pedro Carmona Estanga, el líder de la oposición instalado por los militares, que le pidió su opinión jurídica urgente. Brewer Carías dijo que fue llevado al complejo militar de Fuerte Tiuna, en Caracas, donde le mostraron el proyecto de decreto, con el que estaba en total desacuerdo y en la redacción del cual no participó.   

En enero de 2005, Brewer Carías fue acusado de “conspiración para alterar la Constitución por medios violentos” por su papel en la “discusión, preparación, redacción y presentación” del Decreto Carmona. Durante el proceso penal de los meses siguientes, según Brewer Carías, todos los fiscales y jueces implicados en su caso fueron nombrados temporalmente por el Gobierno. Dos jueces del Tribunal de Apelación que anularon la prohibición de viajar de otros coacusados, y otro juez que ordenó al fiscal que entregara el expediente del caso al abogado del acusado, fueron suspendidos tras sus decisiones a favor de Brewer Carías y los demás coacusados. 

Brewer Carías salió de Venezuela hacia Estados Unidos en septiembre de 2005. En junio de 2006, el juez de control provisional dictó un acto de procesamiento contra él y ordenó su detención preventiva. Tras repetidos e infructuosos intentos de impugnar su acusación, Brewer Carías anunció que no regresaría a Venezuela hasta que se le garantizara su derecho al debido proceso. Desde entonces, el jurista no ha podido regresar a su país por miedo a ser detenido y encarcelado.

Llevó su denuncia al Comité de Derechos Humanos en diciembre de 2016. 

“De la información proporcionada por el señor Brewer Carías se desprende que los cinco jueces y los cuatro fiscales que actuaron en el proceso judicial fueron nombrados temporalmente y que tres jueces fueron de hecho destituidos inmediatamente después de tomar decisiones que podrían considerarse beneficiosas para el caso del señor Brewer Carías”, dijo el miembro del Comité Carlos Gómez Martínez.

En vista de ello, el Comité consideró que a Brewer Carías no se le concedió el derecho a ser juzgado por un tribunal independiente, en violación del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos del que Venezuela es parte. 

“Las autoridades judiciales deben poder trabajar de manera independiente y libre de injerencias o influencias indebidas por parte de los organismos ejecutivos, lo que implica contar con estabilidad en sus cargos para el buen desempeño de sus funciones. Es de extrema importancia para el Comité que el derecho a ser juzgado por un tribunal independiente abarque la independencia de los fiscales”, añadió Gómez Martínez.

El Comité también consideró que se había violado el derecho de Brewer Carías a la presunción de inocencia en virtud del Pacto, a raíz de las declaraciones públicas del presidente Chávez y también un libro del entonces fiscal general que afirmaba que Brewer Carías había participado en la redacción del decreto. 

El Comité solicitó que Venezuela declarara la nulidad del proceso penal contra Brewer Carías y que se le concediera una indemnización adecuada. También pidió que el Estado tomara medidas para evitar que se repitieran estas violaciones. 

Prensa Provea

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