En atención a lo dispuesto en el artículo 2 de la vigente Constitución Nacional; uno de los denominados valores superiores del ordenamiento jurídico, del estado democrático y social de derecho y de justicia, es la preminencia de los derechos humanos.
Lo anterior se encuentra reforzado por la enumeración de sus fines esenciales del estado, a que se contrae el artículo 3 donde se incluye la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad. En base a lo anterior y relacionado con los tributos tenemos los siguientes derechos humanos sustantivos del Contribuyente como son:
1) el derecho al principio de legalidad Tributaria.
2) El derecho a la irretroactividad de la Ley.
3) el derecho a la igualdad.
4) El principio de justicia tributaria.
5) El derecho al carácter pecunario del tributo y el derecho a la integridad personal.
6) El derecho a la libertad económica.
7) El derecho a la propiedad.
8) El derecho a la prohibición de la confiscación y el principio de capacidad económica y contributiva.
De manera que estos derechos, el Seniat debe tomarlos muy en cuenta cuando vaya a efectuar fiscalizaciones a los contribuyentes.
Dr. Alirio Figueroa.
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