¿Qué significa que el Rey de España es inviolable?
Quiere decir que la ley No puede juzgar, detener, investigar Ni exigir responsabilidades penales, civiles o administrativas a Felipe VI mientras ocupe el cargo de Jefe del Estado.
Aunque sus actos oficiales necesitan la firma (o refrendo) del Presidente del Gobierno o de los ministros competentes para tener validez, el monarca puede tomar la decisión de ignorar esa autorización y aun así no recibir sanción alguna.
Quienes firman los actos del Rey asumen la responsabilidad política y legal por ellos. Es decir, si el Rey pasara por encima de la formalidad del refrendo sería responsable de sus actos sin valor oficial, como cualquier hijo de vecina, pero haría saber su opinión y se haría sentir.
¿Quién puede destituir al Rey de España?
La Constitución Española (CE) de 1978 no contempla ningún mecanismo para “destituir” al monarca.
No puede ser destituido por ninguna institución. No existe un mecanismo político o parlamentario para cesarlo.
La Corona es hereditaria, la persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad.
Entonces ¿Se podría decir que la CE, en su artículo 56 apartado 3, establece la inviolabilidad y la irresponsabilidad del Rey?

El monarca cuenta con protección total e incondicional mientras ejerce el cargo sin embargo el Parlamento puede indirectamente intervenir en la continuidad del Rey a través de 4 vías constitucionales:
» a) Regular abdicaciones y renuncias
El artículo 57.5 CE exige una ley orgánica para gestionar abdicaciones, renuncias o dudas en la sucesión. Esto fue lo que se utilizó para la abdicación de Juan Carlos I en 2014.
» b) Proveer sucesión, en caso de muerte, si se extinguen las líneas hereditarias
Si desaparecieran todas las líneas sucesorias, las Cortes Generales (Congreso y Senado) elegirían un nuevo monarca, según convenga a los intereses de España. No sería una destitución, sino una designación de sucesor.
Tras extinguirse todas las líneas legítimas en derecho, esa persona se convierte en Rey o Reina de pleno derecho, adquiriendo la titularidad de la Corona de forma definitiva, no temporal. Se iniciaría una nueva línea sucesoria o nueva dinastía, según expresa el artículo 57.3 de la CE.
» c) Elegir un sucesor temporal (regente) en caso de que el monarca estuviese incapacitado física o mentalmente, no por motivos políticos, según el artículo 59 de la CE
La elección del nuevo monarca sería temporal hasta que el heredero en la línea sucesora alcance la mayoría de edad, cese la incapacidad del Rey o hasta que el heredero legitimo pueda asumir la Corona.
El elegido sería un «regente». Ejercería las funciones del Rey en su nombre, pero no sería el dueño del trono.
» d) Reforma constitucional para abolir la monarquía
Mediante una reforma constitucional agravada (artículo 168 CE), que requiere:
- Mayorías de 2/3 en Congreso y Senado (Serían 176 X (2/3) = 118 votos, que no es tan difícil sobre todo con el apoyo de los socios independentistas en el Congreso. En el Senado, con mayoría del PP, quizás no sería tan fácil).
- Disolución de las Cortes (depende del presidente Sánchez que en ese caso quizás lo haría)
- Nuevas elecciones
- Nueva aprobación por 2/3 (es menos predecible por el reciente auge de las derechas)
- Referéndum obligatorio, que requiere una mayoría simple de votos afirmativos
Este procedimiento destituye al Rey, sino que suprime la institución.
La inviolabilidad es una protección diferente a la inmunidad
Los diputados y senadores cuentan con inmunidad, que es una protección temporal limitada. Esa protección se puede suprimir del todo mediante un procedimiento especifico llamado «suplicatorio» o aplicar sólo a determinadas funciones.
Mientras que la inviolabilidad del monarca es estructural y absoluta durante su reinado.
El Rey de España es INVIOLABLE e IMPASIBLE
Por otra parte, ¿Por qué se podría decir que el Rey de España es impasible?
Se dice porque, aunque aparenta preocupación, REALmente no se altera ante tanto desastre. Parece sensible para ir a secar lágrimas con palabras de solidaridad. Pero en el fondo, demuestra gran indiferencia, por no utilizar su poder, por dejar hacer y por AVALAR a quienes actúan contra España.
Que pase lo que pase, se viole mucho o poco la Constitución Española, su reacción es siempre distante. Porque ir a consolar y acompañar puntualmente a las víctimas lo puede hacer cualquiera con un mínimo de sensibilidad.
En cambio, asumir la Jefatura del Estado requiere afecto, interés, empatía, pasión por España
Tendría que comprometerse de forma activa, participar o interesarse profundamente en la defensa de los intereses de SU Nación, aunque con ello arriesgase de alguna forma, su cómodo estatus.
Es lo menos que se esperaría de un Jefe de Estado que ame a su Patria y que puede actuar sin consecuencias.
FELIPE VI … ¡NO BASTA CON HACER EL PAPEL DE LAS LLORONAS!
Las lastimeras o lloronas eran señoras que recibían un pago por ir a expresar lamentos durante los rituales funerarios y entierros.
Si bien es cierto que, aunque el Rey tuviese la audacia de disolver las Cortes, no tendría validez sin la propuesta del presidente de gobierno, como lo establece la CE. El monarca únicamente firma el decreto sin capacidad de veto ni iniciativa.
Se espera de Usted, al menos que dedique tiempo, esfuerzo, recursos asumiendo parte de la lucha como propia, sintiendo la necesidad de aportar soluciones. Conectar con el propósito de las exigencias, reclamaciones o peticiones para cubrir las necesidades de los españoles afectados.
Dar un golpe en la mesa cuando la situación sale de control como es el caso de la invasión a Ceuta.
06-09-2026
Enlaces consultados:
La inviolabilidad del Rey | Administrativando Abogados
Inviolabilidad del Rey – Derecho y Constitución
https://copilot.microsoft.com/shares/cJkDdmNhRYGyT6uBCeRNY
Constitución Española. Título 2 | EL MUNDO
Enlaces recomendados:
Realidad anti-España – El Diestro
Conflicto político entre España y Marruecos CaigaQuienCaiga.net


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