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IRRETROACTIVIDAD DE LA LEY EN MATERIA LABORAL. POR: DR. ALIRIO FIGUEROA ZAVALA. INDIVIDUO DE NÚMERO DE LA ACADEMIA DE CIENCIAS JURÍDICAS DEL ESTADO ZULIA.

La vigente Constitución Nacional establece en su artículo 24 lo relacionado con la irretroactividad de la ley, expresando que ninguna disposición legislativa tendrá efecto retroactivo, excepto cuando imponga menor pena.

No obstante, la aparente claridad de este principio, desde hace mucho tiempo se viene discutiendo por los tratadistas sobre su exacto sentido y alcance. Es fundamentalmente indiscutible que el dominio del pasado no corresponde al legislador; y como corolario y contrapartida la nueva ley que se sancione ha de aplicarse a todas las situaciones que se desarrollen en el futuro.

En materia laboral, gran mayoría de los tratadistas laborales se han pronunciado por la tesis de la no retroactividad; sosteniendo, que este concepto debe combinarse con el de la aplicabilidad inmediata de las nuevas disposiciones legales, que es la llamada retroactividad de primer grado. El famoso laboralista mexicano Mario de la Cueva, en su obra “DERECHO DEL TRABAJO” tomo 1, página 419, expresa:

 “Las leyes del trabajo son de aplicación inmediata, sin que esto implique un efecto retroactivo, cuando la voluntad del legislador, aún tacita es la de unificar el régimen de las relaciones del trabajo”.

En razón de lo anterior, tratadistas laboralistas sostienen que la ley laboral no tiene efecto retroactivo dado el carácter de orden público del derecho del trabajo, que siempre debe imponerse a todas las situaciones jurídicas en el momento de su creación.

 En un sentido restringido, debemos entender por retroactividad la aplicación de la nueva ley a los efectos de hechos o actos producidos antes de entrar en vigencia la misma. Es la retroactividad de segundo grado según cierta terminología que es común en la doctrina y en la jurisprudencia de algunos países. De manera que las leyes laborales, solo por excepción tendrán retroactividad de segundo grado.

No obstante, lo anterior, en la actualidad y dado el momento económico y político existente en el país algunos tratadistas sostienen que hay que eliminar ese carácter retroactivo que tiene la ley laboral.

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