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La batalla por Citgo no ha terminado ni está perdida 

Aunque la oferta de compra ya fue aprobada, persisten apelaciones, disputas entre acreedores y cuestionamientos sobre la representación legal de Venezuela. En ese escenario, actores rezagados intentan intervenir en un litigio dominado por grandes fondos, mientras el margen de acción se reduce y el tiempo se convierte en el factor determinante.

La subasta de Citgo avanza en tribunales de Delaware, pero el desenlace aún no está cerrado. En noviembre de 2025, el juez federal aprobó la oferta de Amber Energy por 5.900 millones de dólares para adquirir las acciones de PDV Holding, matriz de la refinadora. La decisión responde a una cadena de demandas por expropiaciones e impagos acumulados durante más de una década. Sin embargo, la orden de venta está apelada y el proceso entra en una fase donde la representación legal de Venezuela, el orden de los acreedores y las decisiones pendientes del tribunal pueden alterar el resultado. 

Citgo ha sido desde su adquisición en 1982 una empresa moderna, rentable, ubicada en el corazón industrial de Estados Unidos. Venezuela afrontaba crisis cíclicas, pero las refinerías las refinerías en Texas, Luisiana e Illinois seguía refinando petróleo y generando ingresos. Además de las plantas refinadoras, poseía una red de oleoductos y 4.225 de estaciones de servicio asociadas a su sistema de distribución. En el siglo XXI, con la llegada de Hugo Chávez, el complejo que competía con otras 5 grandes refinerías en Estados Unidos, se convirtió en la caja chica internacional del régimen. Era aval para sus aventuras financieras y botín que podía hipotecar a discreción. 

Expropiaciones y deuda, el origen 

Fue garantía de préstamos, respaldo de emisiones de deuda, moneda de cambio en negociaciones opacas y cajero automático. Cada operación abría otra puerta a acreedores que no entienden de revoluciones bonitas ni del entusiasmo de las masas aplaudiendo discursos en una avenida Bolívar rebosante de incautos traídos en autobuses desde los rincones más alejados del país. Los acreedores saben de contratos firmados y de cómo hacerlos valer en un tribunal. 

Pero con la venta de Citgo no se pagan todas las deudas. Quedan a la espera una larga lista de acreedores que reclaman poco más de 20.000 millones de dólares y otros adeudos por 178.940 millones de dólares que deben ser reestructurados. El dinero que ahora se le paga a Crystallex no se utilizó para mejorar la calidad de vida de los venezolanos, quizás solo provocó la sonrisa de unos pocos desprevenidos y la satisfacción plena de un ególatra que gritando “exprópiese, exprópiese” se sentía en la gloria. 

En 2011, Chávez revocó la concesión de la mina Las Cristinas, un proyecto que todavía no tenía ni permisos medioambientales, pero que es la mayor reserva de oro de América Latina, y transfirió el control del yacimiento al Estado venezolano. La empresa solicitó un arbitraje internacional ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones, que en 2016, sentenció a Venezuela a pagarle 1.200 millones de dólares en compensación. 

Para cobrarlos acudió al tribunal de Delaware con una estrategia clara, que se aplicara la doctrina del alter ego y se considerara a Citgo una extensión del Estado venezolano. Una estrategia en la que participó el abogado José Ignacio Hernández como testigo experto en derecho venezolano. Su declaración analizaba la relación jurídica entre el Estado venezolano y Pdvsa y abordaba el funcionamiento del sistema institucional en relación con las empresas públicas. Su análisis fue utilizado en el argumento jurídico para considerar jurídicamente a Citgo como una extensión del Estado. 

En 2018, el juez Leonard Stark aceptó la argumentación y el activo petrolero venezolano más importante en el exterior entró en riesgo real: era embargable. 

Al aplicarse la doctrina del alter ego en el proceso judicial que se desarrolla en Delaware, otros acreedores –ConocoPhillips y Rusoro Mining– se suman al procedimiento iniciado por Crystallex International Corporation. El litigio se convirtió en uno de los procesos judiciales más complejos relacionados con deuda soberana y arbitrajes internacionales,  

La estrategia jurídica tenía un margen de maniobra limitado por la naturaleza de los litigios y por la jurisdicción de los tribunales estadounidenses, pero la coordinación de la Procuraduría Especial de los bufetes internacionales contratados para representar al Estado y la junta ad hoc de Pdvsa tenían capacidad para tomar decisiones destinadas a proteger la estructura corporativa. 

La tesis del frente jurídico era que la empresa estatal tenía personalidad jurídica propia y no podía utilizarse para pagar deudas de la República. La estructura jurídica de la defensa enfrentaba un contexto muy complejo. Cada acreedor que se incorporaba al proceso aumentaba la presión judicial sobre Citgo y reducía el margen de maniobra; además altos costos legales asociados al litigio crecían a medida que se presentaban recursos, apelaciones y se rehacían las estrategias jurídicas. 

Citgo era un barco en medio de una tormenta, con demasiados capitanes y el timón inmovilizado. Era demasiado grande, demasiado valiosa y demasiado vulnerable. Asumir el control de los activos en el exterior fue un gesto más heroico que racional. Citgo pasó de unas manos manchadas a otras manos temblorosas, sin recursos y absolutamente frágil. Un Estado inexistente, sin control de territorio.

Citgo como garantía colateral 

En 2016, en medio de una crisis de liquidez, el gobierno de Nicolás Maduro emitió el bono Pdvsa 2020 para evitar un default desordenado. La operación incluyó una garantía determinante: 50,1% de las acciones de Citgo Holding. El acuerdo ofrecía una salida inmediata, pero comprometía el activo más valioso en el exterior. Cuando cesaron los pagos en 2019, los tenedores del bono pasaron de ser inversionistas a acreedores con derecho directo sobre Citgo. La disputa dejó de ser abstracta: había un colateral ejecutable. El gobierno de Nicolás Maduro ofreció a los tenedores de deuda existente –principalmente del bono Pdvsa 2017– entregar sus títulos viejos a cambio de nuevos bonos con vencimiento en 2020. Para acelerar el canje, puso como garantía de pago 50,1% de las acciones de Citgo Holding. Si no pagaba, los tenedores se quedan con el control de Citgo. 

En medio del colapso económico y la hiperinflación causada por los asesores económicos de Maduro, el bono 2020 se siguió pagando hasta 2019. Los tenedores del bono 2020 por el impago pasaron a ocupar una posición central en la disputa por Citgo, como acreedores y como beneficiarios de una garantía directa sobre el activo. Venezuela caía en una auténtica embocada financiera. 

La Asamblea Nacional (2015) declaró “nulo” el bono 2020, pero fue un gesto político y hasta inocente. Si el bono se emitió, los tenedores lo compraron y los pagos hicieron durante años, la nulidad no existe en el derecho financiero internacional. Cumplió su propósito. Los tenedores del bono 2020 eran inversionistas, no entienden de épicas ni de socialismo del siglo XXI, entienden de contratos. Ante el impago, demandaron y ganaron. Tenían la razón legal. 

El caso Citgo, que empezó como una disputa jurídica abstracta, se convirtió en un proceso real que podía terminar en la venta del activo. Por ahora, ese es su futuro. 

Asimetría en el litigio: acreedores frente a la defensa estatal

El interinato anuncia su camino y sus obstáculos 

En 2019, cuando los parlamentarios opositores crearon el interinato y encargaron a Juan Guaidó como presidente de la República, se constituyó una estructura para gestionar y defender los activos venezolanos en el exterior. José Ignacio Hernández, el testigo experto de Crystalex, fue designado al frente de la Procuraduría Especial, con la responsabilidad de diseñar y coordinar la estrategia legal del Estado venezolano en litigios internacionales. Hubo debates y acusaciones, en 2020 Hernández renunció y fue designado Enrique Sánchez Falcón, un exfuncionario de la Contraloría General de la Republica de mucho prestigio y muy respetado. 

Con Guaidó reconocido como presidente interino, los tribunales aceptaban a los representantes de la estructura jurídico-administrativa creada por la Asamblea Nacional de 2015, que declaró a Nicolás Maduro usurpador. La instancia operativa constaba de una dirección política impulsaba las decisiones estratégicas y la relación con gobiernos extranjeros; la Procuraduría especial coordinaba la estrategia jurídica y la contratación de bufetes internacionales; y las juntas ad hoc de empresas estatales ejecutaban las decisiones corporativas de las empresas. 

Ese circuito que funcionó durante el interinato, creó una estructura en la cual las decisiones sobre activos valorados en miles de millones de dólares quedaban concentradas en un grupo relativamente reducido de actores políticos, jurídicos y corporativos.  

La junta directiva de Citgo respondía a PDV Holding, registrada en Delaware, la estructura que mantenía el control sobre la propiedad de la refinadora. Ido Guaidó, Horacio Medina, el antiguo dirigente de la huelga petrolera de 2002-2003, sigue al frente de la conducción la junta ad hoc de Pdvsa y como desaparece la Procuraduría Especial el sistema perdió su único eje de coordinación. La toma de decisiones se atomizó entre actores políticos, jurídicos y corporativos, sin jerarquía clara ni control verificable. Había más manos decidiendo y menos responsabilidad sobre las consecuencias. 

La privatización del control 

El pequeño grupo de políticos, técnicos y operadores que tomó el control de Citgo y de otros activos con un discurso de salvación, y con una legalidad fundamentada en el reconocimiento de la Casa Blanca de la Asamblea Nacional (2015), ejecutaba de hecho una privatización del control. Las juntas ad hoc operaban con autonomía amplia y supervisión escasa. La AN de 2015 pedía informes que llegaban tarde, incompletos o no llegaban. Las decisiones se tomaban entre pocos, en reuniones cerradas, con criterios que nunca quedaron de claros ni se informaron.  

La defensa de Citgo se convirtió en un rompecabezas. Cada pieza respondía a un actor distinto: Horacio Medina desde Houston, Carlos Vecchio desde Washington, el Centro de Gobierno desde la sombra, la AN 2015 desde Caracas, y un Consejo Nacional de Defensa Judicial demasiado independiente en sus decisiones y actuaciones. Mientras, los acreedores avanzaban con precisión milimétrica. No gritaban, no hacían ruedas de prensa, no daban discursos. Solo presentaban documentos, acumulaban sentencias, esperaban plazos. 

Mientras en Caracas se peleaban mediante comunicados y en Washington la oposición discutía quién tenía legitimidad para firmar, los acreedores avanzaban como un ejército silencioso. Cada sentencia era un peso más sobre Citgo. El juez Stark, metódico, imperturbable, seguía su calendario como si estuviera resolviendo un caso de propiedad privada, no el destino de un país. Aplicaba la ley en su espíritu mercantil no de equidad. En el derecho estadounidense, además de las normas estrictas, los tribunales pueden considerar principios de justicia para evitar resultados que, aunque legales, resulten manifiestamente injustos. 

Opacidad y atomización en las juntas ad hoc

Una defensa que llegó tarde y sin coherencia 

La defensa que seguía las directrices aprobadas por Juan Guaidó y el Centro de Gobierno no incluyó en su estrategia la lógica ni las excepciones del sistema judicial estadounidense. Creyó que podía ganar tiempo con comunicados, reuniones, discursos y declaraciones a los periodistas. Pero en Delaware no se discute política: se discuten contratos, no de la separación de la deuda empresarial de la deuda de la República. 

El interinato intentó frenar la avalancha, pero lo hizo tarde y mal, como si tuviera poder real. Las juntas ad hoc operaban como si la técnica y las relaciones públicas pudiera compensar la falta de Estado. El Centro de Gobierno opinaba desde la sombra y surgieron otras propuestas del recién creado Consejo Nacional de Administración y Protección de Activos en el que aparecen Yon Goicoechea,  Omar Barboza, Mariela Magallanes, Luis Florido y Miguel Matheus, con José Figueredo como secretario técnico. 

Los acreedores, en cambio, avanzaban con una estrategia, un objetivo y una narrativa: cobrar. La estructura del interinato y su estrategia quedó atrapada en su propia fractura y opacidad. La Corte concluyó que la estructura venezolana era incapaz de actuar con coherencia, lo que facilitó que los acreedores argumentaran que la subasta debía seguir adelante sin esperar a Caracas. 

Al dar por terminado el interinato en enero de 2023, en Venezuela, no hay rastros de lo ocurrido en la defensa de los activos perseguidos por los acreedores, todo permanece en la sombra. En Delaware, sin embargo, cada movimiento deja una huella: poderes notariales, declaraciones FARA de la junta ad hoc de Pdvsa, los estados de honorarios de los bufetes. Pero la información sigue siendo fragmentaria, incompleta. Las huellas de quienes movían las fichas de Citgo están Delaware y en otros expedientes judiciales estadounidenses. No en comunicados, no en ruedas de prensa ni en “informes a la nación” o memorias y cuentas, sino en .PDF grises, en inglés, llenos de números de caso y sellos de tribunales. 

En esos documentos aparece la estructura que tomó decisiones sobre Citgo: quién autorizó estrategias, quién contrató bufetes, quién fijó posiciones frente a la subasta. La información no es completa, pero suficiente para reconstruir una cadena de mando que nunca fue explicada públicamente. 

Lo que revelan los expedientes judiciales en Delaware

Evidencias judiciales del control de Pdvsa en Delaware

En los casos de Crystallex, de OI, de Conoco, la “República Bolivariana de Venezuela” y “Pdvsa” no son abstracciones: son firmas. Para que un juez de Delaware acepte que alguien habla en nombre de Pdvsa, tiene que ver un documento: una resolución de la junta ad hoc, un poder, una declaración jurada. Esos papeles, que jamás se publicaron en Venezuela, quedan pegados al expediente como evidencia. Y ahí se ve, por ejemplo, que Horacio Medina no es solo un nombre en un comunicado: es el presidente de una junta que autoriza estrategias legales, contrata bufetes, aprueba posiciones frente a la subasta de acciones de PDV Holding. 

En algunos anexos aparecen minutas de reuniones, certificaciones de que tal junta se reunió tal día y decidió tal cosa. No son actas completas, pero sí lo suficiente para entender que hubo deliberaciones, que se votó, que se aprobó. En otros, se adjuntan cartas de bufetes donde se detalla quién es el “client representative”, quién da instrucciones, quién recibe reportes. Es un mapa parcial, pero mucho más nítido que cualquier cosa que se le haya dicho al país. 

También están los reportes del special master en el proceso de venta de las acciones de PDV Holding. Ahí se describe cómo se coordina con los representantes de la junta ad hoc, cómo se negocian calendarios, cómo se discuten condiciones. No se listan sueldos ni contratos, pero se ve la coreografía: quién se sienta a la mesa, quién tiene voz, quién puede decir sí o no en nombre de Venezuela. 

A veces, la opacidad se resquebraja por detalles menores: un correo anexado donde se copia a varios directores, un organigrama incluido como soporte, una certificación de que tal persona fue designada en tal fecha. Son pedazos de un rompecabezas que nadie pensó que un ciudadano venezolano leería, porque están escritos para jueces, no para el país. 

Lo que no aparece tampoco en esos expedientes es casi tan importante como lo que sí: no hay una lista completa y ordenada de todos los miembros de la junta ad hoc a lo largo de los años, no hay un relato de cómo se tomaron las decisiones estratégicas sobre Citgo, no hay una explicación política. Lo que hay es rastro administrativo: quién firmó, cuándo, para qué. 

La verdadera historia de Citgo no está en los discursos de “defensa del patrimonio”, sino en los dockets de Delaware. Ahí se ve que el poder existió, que tuvo nombres y firmas, que tomó decisiones concretas sobre un activo gigantesco. Y que el único motivo por el que lo sabemos, aunque sea a medias, es porque un juez exigió papeles, no porque nadie sintiera la obligación de contárselo al país. 

Ni la representación de Nicolás Maduro y mucho menos la de Juan Guaidó lograron construir una defensa coherente. Las contradicciones sobrevenían una detrás de la otra. Mientras Venezuela perdía Citgo, los abogados que contrataba la junta ad hoc por sumas millonarias llegaban con argumentos políticos, con explicaciones históricas y advertencias sobre el impacto humanitario. Las frases que salían de gargantas con corbatas se seda de cientos de dólares no convencían y Citgo se convirtió en un activo embargable. 

El juez federal Leonard P. Stark, frío e implacable, inconmovible ante discursos y comunicados, aplicaba la ley en su base jurídica no de equidad. Sus sanciones pueden ser legales, pero tremendamente injustas. Su función era resolver disputas corporativas y terminó siendo el árbitro final de la subasta de Citgo. Detrás el mundo financiero ejecutaba su juego, y se olvidaba de la crisis humanitaria de los más de 7 millones de sus habitantes que emigraban en busca de comida y refugio ante un régimen violador de los derechos humanos, acusado de crímenes de lesa humanidad, La preocupación era dinero, y el tiempo en asuntos de dinero es un arma.

Rentabilidad y flujo de caja de Citgo en 2026

Citgo no está perdida, ni es un activo moribundo esperando ser rematado. Tampoco está a salvo. Es un activo apetecible, jugoso, codiciado. Es una presa siente el aliento del lobo y casi el roce de los colmillos, pero sigue operando, refinando petróleo y generando miles de millones de dólares. Es una empresa viva, saludable, rentable. Sus refinerías funcionan, sus balances son sólidos, sus ingresos crecen con el precio del petróleo. No obstante, el lobo –los acreedores, las financiadoras, los fondos que compran litigios como quien compra futuros– ya olió a Citgo y la marcó. La tiene en su campo visual, solo le falta el salto final, el acto administrativo que convierte una sentencia en una transferencia real. 

Sostener que el proceso no está perdido no implica desconocer la desventaja. Los principales acreedores tienen sentencias firmes, prioridad de cobro y años de ventaja. Pero el proceso no ha concluido. La distribución final de los activos depende de decisiones judiciales aún abiertas: apelaciones, objeciones entre acreedores y validaciones pendientes. A eso se suma un factor nuevo: el cambio en el reconocimiento político de la representación de Venezuela en tribunales estadounidenses. Si cambia quién representa al Estado, pueden cuestionarse decisiones adoptadas durante el proceso. 

En litigios de esta magnitud, el tiempo es una variable estratégica. Retrasar no equivale a ganar, pero puede modificar condiciones, abrir espacios de negociación o alterar la distribución final. Ese margen existe, pero es estrecho y depende de intervenciones técnicamente sólidas, no de gestos políticos. 

El lobo no ha mordido y la estructura del caso sigue siendo jurídicamente vulnerable en su base política y el actual cambio de representantes ante el tribunal por el reconocimiento de Delcy Rodríguez como presidente de Venezuela por Estados Unidos puede afectar la legitimidad de quienes han representado a Pdvsa en el proceso y se pueden cuestionar las decisiones en curso. Anularlas. 

Un segundo eje es el carácter no definitivo del proceso de distribución. Aunque la subasta esté avanzada, la asignación final de recursos aún depende de validaciones judiciales, apelaciones y ajustes derivados de conflictos entre acreedores. Entonces, actores que parecen marginales pueden intentar insertarse para capturar una porción residual o condicionar ciertos términos de la distribución. 

En litigios de esta magnitud, retrasar puede ser tan relevante como ganar. Cada moción, cada cuestionamiento sobre representación, cada alegato de fraude o violación de derechos puede obligar al tribunal a revisar aspectos que preferiría dar por cerrados. Esa fricción no siempre se traduce en victorias directas, pero puede modificar tiempos, abrir espacios de negociación o forzar soluciones intermedias que de otro modo no existirían, y que la estrategia venezolana ha rechazado con terquedad a pesar de su discurso de soberanía y crisis económica: sumar la dimensión política y reputacional. 

La justicia justa y equitativa 

Aunque el tribunal de Delaware opere bajo criterios estrictamente jurídicos, no es impermeable al contexto. La introducción de narrativas sobre derechos humanos, persecución laboral o continuidad de responsabilidades estatales influyen en el entorno que toma decisiones. En ciertos momentos, esa presión puede traducirse en aperturas limitadas dentro del proceso. 

Afirmar que el proceso no está perdido no es desconocer la correlación de fuerzas, sino entender que, en litigios complejos, mientras existan decisiones pendientes, tensiones no resueltas y espacios donde el procedimiento pueda ser cuestionado o ralentizado, también existe la posibilidad de alterar, aunque sea en los márgenes, la distribución final de lo que está en juego. 

El cierre financiero de la operación no será mañana. Y si lo fuera, ni siquiera los tenedores del bono Pdvsa 2020, que tienen una posición privilegiada, recibirán su pago de manera inmediata. El tribunal puede establecer reservas, resolver objeciones pendientes o procesar reclamos en disputa antes de liberar completamente los fondos. El cobro sigue siendo una expectativa estructura. 

Tanto en el reclamo judicial que adelanta el sindicalista petrolero Iván Freites o el abogado Leroy Garrett, que han tenido que enfrentar a los mismos abogados que Horacio Medina paga con el dinero de la República es un intento de intervención política dentro de un proceso judicial altamente estructurado dentro de peculiares intereses financieros y reconfigurar el marco sobre el cual el tribunal de Leonard Stark está tomando decisiones. Si cambia el reconocimiento político, cambia la representación legal; y también las decisiones y posiciones asumidas. 

El eje central del planteamiento es claro desde la primera página: la reciente decisión del Ejecutivo estadounidense de reconocer al gobierno de Delcy Rodríguez como autoridad en Venezuela —citada como hecho nuevo— debería, según el solicitante, invalidar la base sobre la cual operaba la junta ad hoc que representaba a Pdvsa en tribunales estadounidenses. A partir de allí, el argumento intenta generar un efecto dominó: si cambia el reconocimiento político, entonces cambia la representación legal; y si cambia la representación, también deberían reconsiderarse las decisiones y posiciones asumidas previamente en el litigio.  

La propuesta es trasladar el caso del terreno de ejecución de deudas y prioridades de acreedores hacia uno de derechos humanos y responsabilidad estatal continuada. Poner en el tapete judicial un acreedor moral y humanitario en un proceso dominado por buitres financieros. 

Aunque la solicitud intenta intervenir en un momento en el que el proceso avanza hacia la fase de distribución de activos, introducir los derechos humanos, la equidad, la legitimidad y la responsabilidad histórica en contraposición al poder financiero puede constituir una herramienta efectiva en un proceso que, hasta ahora, ha privilegiado la certeza jurídica, la prioridad de créditos y la ejecutabilidad por encima de cualquier otra consideración.  

Reconocimiento diplomático y legitimidad procesal

Tener la razón y tiempo para demostrarlo 

En la fase actual del proceso sobre Citgo, el elemento decisivo no es la discusión jurídica a, sino el tiempo. Mientras los grandes acreedores llevan con años de ventaja, títulos ejecutables y estrategias consolidadas, los extrabajadores que intentan incorporarse ahora lo hacen contra un reloj que no se detiene. No basta tener un reclamo legítimo; es necesario tenerlo listo, reconocido y ejecutable en el momento preciso y contar con fondos. 

Pero hay un actor que se ha mantenido a la expectativa, pero no impasible. Estado Unidos entiende perfectamente que Citgo no es un activo cualquiera. Su peso en el sector energético le proporcionan un margen político para escenarios caóticos o prolongaciones indefinidas del litigio.  

En ese contexto, las soluciones que aportan previsibilidad y cierre tienden a imponerse sobre las que abren nuevas controversias, incluso si estas se presentan bajo argumentos de equidad o justicia material. En ese escenario, la estrategia de los trabajadores no apunta tanto a ganar en términos clásicos, sino a alterar el ritmo del proceso lo suficiente como para forzar una reconsideración.  

Es una apuesta compleja, porque depende menos de la fortaleza del reclamo y más de la capacidad de introducir incertidumbre en un sistema que, precisamente, busca eliminarla. Al final, lo que está en juego no es solo una disputa legal o financiera, sino una realidad más incómoda: en procesos de esta magnitud, la justicia no se define únicamente por la legitimidad de las reclamaciones, sino por la posición que cada actor logra ocupar dentro de una estructura donde el tiempo, el dinero y el poder pesan tanto como el derecho. 

Los trabajadores despedidos de Pdvsa por la huelga de 2002–2003 han sido representados principalmente por la Unión Nacional de Trabajadores Petroleros y por la Confederación de Trabajadores de Venezuela, con apoyo documental y de derechos humanos de organizaciones no gubernamentales que documentaron los despidos masivos y denunciaron violaciones laborales y de derechos humanos; también difundieron testimonios de trabajadores. 

La demanda colectiva de extrabajadores de Pdvsa contra Citgo en el Distrito de Delaware está liderada por el dirigente sindical Iván Freites; los demandantes alegan daños laborales y buscan incluir nuevas pruebas de fraude y mala conducta, mientras el proceso de venta judicial de PDV Holding/Citgo sigue su curso. Sus batallas es ser d reconocidos como acreedores privilegiados frente a las ejecuciones y subastas sobre activos vinculados a Pdvsa/Citgo en Delaware. Los reclamos combinan daños laborales, violaciones de derechos humanos y teorías procesales y piden medidas concretas: acceso a la información del proceso, prioridad en el pago y autorización de OFAC para actuar sobre activos bloqueados. 

Quienes “defienden” los activos de Pdvsa Holding en Estados Unidos, sustentados en el reconocimiento de hecho de la Comisión Delegada Especial de la Asamblea Nacional (2015), que preside la diputada en el exilo Dinorah Figuera, no son en su mayoría los que dirigieron la huelga petrolera de 2002-2003, el caso de Horacio Medina. La junta ad hoc no se construyó como una “Pdvsa en el exilio” ni con los técnicos despedidos en 2003, los gerentes que habían resistido y mantenían viva la memoria de la vieja Pdvsa azul. 

Los partidos que dominaban la Asamblea Nacional (2015) no querían figuras con biografía pública, con voz propia, con criterio técnico consolidado. Querían operadores discretos, gente que no generara ruido, que no reclamara autonomía, que no tuviera un pasado que pudiera incomodar a nadie y que no tuviera poder –ni siquiera simbólico–, porque ese poder es un problema cuando la estructura que se está montando no tiene controles. 

Cuando juntan los fragmentos –documentos judiciales, poderes notariales– la mayoría de los integrantes y directores de las juntas ad hoc carecen de trayectoria pública. No eran voces conocidas, referentes de la industria ni parte de la diáspora técnica. Eran nombres que aparecían de pronto, sin historia visible, sin entrevistas, sin artículos, sin participación en debates. No venían de Gente del Petróleo, ni de la vieja Pdvsa, ni de los espacios donde se discutía el futuro energético del país. Era una arquitectura diseñada para que nadie pudiera reclamar autoridad técnica, contradecir a los partidos, convertirse en figura propia y rendir cuentas al país. 

En los expedientes aparecen nombres que el país nunca había escuchado. Los poderes están firmados por personas sin trayectoria pública, los directores ad hoc no daban entrevistas, no escribían artículos, ni explicaban decisiones. Un diseño funcional, si nadie sabe quién eres nadie te exige nada ni tienes un futuro político que proteger 

Por qué la administración de Citgo —el activo más valioso del país— quedó en manos de figuras que no tenían pasado visible y que, por lo tanto, tampoco tendrían futuro político que proteger. 

El tiempo como factor determinante en el desenlace

Los fragmentos que construyen la historia 

Las decisiones de la estructura que manejó Citgo no las guarda ningún acta. Las decisiones se tomaban a través de una llamada por WhatsApp, un correo reenviado, un mensaje de voz, un borrador de comunicado que alguien “sugería”, una instrucción que venía “de arriba”, un bufete que pedía una firma urgente para cumplir un plazo en Delaware. La junta no era un órgano colegiado sino un nodo político que operaba a través de personas con poder delegado, no propio. 

La junta ad hoc asumió el silencio como método. Sin actas, listas completas, informes detallados y sin ruedas de prensa técnicas, pero con comunicados vagos y ceremoniales no había menos presión pública, preguntas incómodas, ni necesidad de justificar decisiones.  

Cuando se gestionan activos de miles de millones de dólares, en un país normal el responsable quiere que se reconozca su trabajo, pero aquí nadie quería quedar pegado a decisiones que podían terminar en una subasta, en un escándalo, en una acusación futura. La consigna era “firma, pero no aparezcas”. La verdadera historia de Citgo está escrita en expedientes judiciales. 

Citgo no es un activo liquidado ni un caso cerrado. Es una empresa operativa, rentable y jurídicamente expuesta. La presión de los acreedores es real, el proceso judicial avanza y las decisiones clave se toman fuera del país. Lo que está en juego no es solo la propiedad de una refinería, sino la capacidad de un Estado para defender sus activos en un entorno donde cuentan más los contratos que los discursos. 

El resultado no depende de una declaración ni de una narrativa. Depende de representación legal efectiva, coherencia en la estrategia y capacidad de actuar dentro de las reglas del sistema que decide. Ese terreno no admite improvisación. Y hasta ahora, esa ha sido la principal debilidad

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