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Opinión

La corrupción en Venezuela Por Adolfo Hernández

La Corrupción, (Del lat. Corrupilo), ha sido definida como: La acción o efecto de corromper o corromperse. 2. Alteración o vicio en un libro o escrito. 3. Ant. Diarrea. 4. Fig. Vicio o abuso introducido en las cosas  no materiales. Corrupción de costumbres, de voces. 5 “Mala costumbre o abuso, especialmente los introducidos contra la ley”. Política: del gr, político; Doctrina u opinión referente “al gobierno” de los Estados. Actividad de los que rigen  o aspiran a regir los destinos públicos, Cortesía y buen modo de portarse. Por extensión arte con lo que se conduce in asunto o se emplean los medios para alcanzar un fin determinado. Lo contrario a estos conceptos, seria anti político. En Venezuela, desde 1.498, la historia muestra la Corrupción, con la llegada de Cristóbal Colón y sus hermanos, Bartolomé y Diego, quienes engañaron con el intercambio baratijas, a los indígenas por oro y perlas. Pero sus acompañantes se amotinaron, argumentando malos manejos en los asuntos administrativos, por no ser estas transacciones comerciales, notificadas a la Corona, ni entrar ningún beneficio  a las arcas reales. Solo reportando gastos. Lo que llego a oídos de los Reyes de España, quienes enviaron al Juez Pesquisador: Francisco de Bobadilla, quien encadena a los Hermanos Colon, rumbo a España. La Reina Isabel lo libero, pero como castigo, debieron de renunciar de todos sus títulos por el nuevo mundo.

En Venezuela, se ha legislado en materia contra la corrupción, desde el 07 de Junio de 1.912, cuando se promulgó  la Ley de Responsabilidad de Funcionarios Públicos, y el 30 de Marzo de 1.974, La Ley Contra el Enriquecimiento Ilícito de Funcionarios o Empleados Públicos, derogadas el 1 de Abril de 1. 983, por la Ley Orgánica De Salvaguarda Del Patrimonio Publico, cuyo objeto: es prevenir, perseguir y sancionar el enriquecimiento ilícito y los delitos contra la cosa pública, hacer efectiva la responsabilidad penal, civil, administrativa y disciplinaria de los funcionarios o empleados públicos y demás personas que ella indicare. El 29 de Marzo de 1.996, en la ciudad de Caracas, se reúne la Convención Interamericana Contra La Corrupción. La cual en su aparte Único establece: “Se aprueba en toda su parte y para que surta efectos internacionales en cuanto a Venezuela se refiere”. Esta Ley Aprobatoria, que es parte de los tratados con la O.E.A, fue refrendada por el Palacio Legislativo, “un año y medio después”. El 12 de Marzo de 1.997, Publicada en Gaceta Oficial No: 36.211,  el 22 de Marzo de 1.977.  De ahí, nace mi pregunta: ¿Por qué demoraron tanto en publicarla? ¿Será que era cuchillo para su propio pescuezo?  creo que si. Ya que esta, ley In supra Constitucional, abre la oportunidad de perseguir el delito, contra la cosa pública, aun cuando el autor fuera de la propia nación o ente gubernamental.

Prevé en su Preámbulo: la necesidad de adoptar, un instrumento internacional que promueva y facilite la cooperación internacional para combatir la corrupción y en especial, para tomar las medidas apropiadas contra las personas que cometan actos de corrupción, en el ejercicio de las funciones publicas o específicamente vinculados con dichos ejercicios;  así como respecto de los bienes productos de esta actos. Que para combatir la corrupción es responsabilidad de los Estados partes, la erradicación de la impunidad y que la cooperación entre ellos es necesaria, para que su acción en este campo sea efectiva. En su artículo 1 define, “Bienes” como los activos de cualquier tipo: muebles o inmuebles, tangibles o intangibles, y los documentos o instrumentos legales que acrediten, intente probar o se refieran a la propiedad u otros derechos sobre dichos activos. En su artículo 3, No 10: “Medidas Preventivas” que impidan el soborno de funcionarios públicos nacionales y extranjeros, tales como mecanismos para asegurar que las sociedades mercantiles y otro tipo de asociaciones mantengan registros que reflejen con exactitud y razonable detalle la adopción y enajenación de activos, que establezcan suficientes controles contables internos que permitan a su personal detectar actos de corrupción.  

Ahora bien, en Venezuela como dice el dicho popular: “Ha corrido mucha agua, bajo el puente”, recordemos casos como: a) El buque “Sierra Nevada”, denuncia realizada por: Leopoldo Díaz Bruzual de COPEI, por un sobreprecio de ocho (8) Millones de Dólares. Este  comprado para regalárselo a Bolivia, “un país sin mar”. Cuestión que no sucedió y  fue a parar a la Armada con las siglas T-43, en 1981. En el año 2.003, este desgobierno lo utilizo como blanco de guerra. Como cosa curiosa, quien salvo a Carlos Andrés Pérez de este Juicio fue “José Vicente Rangel”, y el único juzgado por este caso fue, El Capitán Anselmo López Oquendo, quien realizo el arqueo del buque.  b) Caso de los fondos Públicos. Diario La Columna, 19 de Junio de 1-993, pagina. A13, El Diputado Rodrigo Cabezas. “El MAS le declara la guerra a Enelven”, según el informe, del año 91 y 92, que realizo, la Contraloría General de la Nación, su Directiva, realizó colocaciones en el exterior, por ciento veinte y seis (126) Millones de Dólares  y (2.840.000.000,oo Dos mil ochocientos cuarenta millones de bolívares) en mesa de dinero, sin tener soportes de otras colocaciones sobre activos líquidos, y  sin estar autorizados, por parte del F.I.V. Este informe aparte reflejó, el gasto de 64 Millones de Bolívares por adquirir,  vehículos “gratuitos” para la alta gerencia.

Otros 23 Millones de Bolívares, de pago de arrendamiento de vehículos, para los mismos gerentes, 120 Millones de Bolívares más, no justificados, etcétera. Desde ese año, no hubo mas información, y los Directivos, empezaron a ofertar la privatización de las empresas: Enelven, Enelco, Enelbar, y Procedatos, por un costo irrisorio de setecientos (700) Millones de Dólares, lo que le costó, sólo “La Arreaga”. A esta situación nos le opusimos desde Amigos por Venezuela, hasta recogimos las firmas, para realizar un Referéndum Abrogatorio.  Lo extraño fue ver, al Diputado Rodrigo Cabezas, promoviendo su privatización, y apoyar con su presencia, ver Diario la Verdad, 04-11-2.000. “Juicios civiles pendientes ponen en riego la privatización de Enelven”. Tampoco lo vi solicitando la destitución de los Directivos de Enelven, por los actos de Corrupción, que el mismo denuncio. “Un al derecho y al revés”.  c) En Febrero de 1.999, un hecho de Corrupción, acabo la nación, los Diputados recién electos, del Gobierno y la Oposición, decidieron no trabajar, “pero si cobraron sin trabajar”. Rodrigo Cabezas, anuncia por los medios de Comunicación, ya existe un  Acuerdo, para aprobar: “la primera Ley Habilitante” a Hugo Chávez. Esté hecho quedara para la historia.

El 20 de Septiembre de 2.002, la Asamblea Nacional, compuesta por Diputados de diferentes fracciones de la oposición y de este desgobierno, aprueban la “Ley Orgánica Contra La Corrupción”, la cual fue remitida al Tribunal Supremo de Justicia, para su pronunciamiento orgánico, ella prevé, en su disposición final. Primera: En todo en cuanto sea procedente se aplicara lo previsto en: La Convención Interamericana Contra La Corrupción, publicada el 22 de mayo de 1.997. Segundo: La comisión de delitos cometidos contemplados en esta Ley, se tendrá como de lesa patria. Tercero: “Los funcionarios públicos no podrán abrir cuentas innominadas en el exterior”. Y el 28 de Octubre del mismo año, mediante Sentencia No 02-2413, muy polémica por cierto: Le quita el carácter orgánico. Declara la abrogación de la Ley de Salvaguarda del Patrimonio Público. Argumentando entre otras cosas: que el Constituyente del 99, no le había revestido de carácter orgánico a dicha ley. Y es donde nos preguntamos, ¿Cuántas leyes orgánicas han sido aprobadas por el TSJ,  y que no están previstas en las Constitución? Esta Sentencia es muy contradictoria, con otras leyes, que si le han dado el visto bueno. ¿Será por que castiga a los Corruptos, que no le dieron el visto bueno?

Pero, el 07 de Abril de 2.003, la publican como: “La Ley Contra La Corrupción”, la cual en su artículo 3, in fine establece: Las disposiciones de la presente Ley se aplican a las personas indicadas en este artículo, aun cuando cumplan funciones o realicen actividades fuera del territorio de la Republica. Lo extraño para muchos fue, que la A.N, conformada por dirigentes de varios factores, obviaron la denuncia publicada el 15 de Febrero de 2.004, por el Abogado Alberto Pineda, en su Columna Politemas, “La Lista de la Corrupción” donde afirmó que el gobierno de Hugo Chávez, ha barrido todos los records en materia de saqueo del país. El gobierno de los E.E.U.U, publicó la primera lista de los funcionarios del gobierno de Chávez, que solo en ese país, tienen depositada la astronomía cifra de 1.513.413.050 Millones de Dólares Americanos. Solamente Diosdado Cabello,  tenía 278.561.500 Millones de Dólares, lo acompañaban otros,  solo voy a mencionar diez de esa lista: Danilo Díaz Granados,, Víctor Cruz Weffer, Ari Rodríguez Araque, Tobías Nogrega, José Vicente Rangel, “Padre E hijo”, Jesse Chacón, Héctor Navarro, Juan Barreto, Gian Carlo Dimartino, entre otros “El Diputado Rodrigo Cabezas”. Y nos preguntamos: ¿porque  esté ultimo, funge como asesor económico, de la MUD?.  

Desde el 2.005, la corrupción se desato, con Miles y Miles de Millones de Dólares, en compra de chatarras  para el Sector Eléctrico, culpables de la destrucción de PDVSA, cuyo montos son incalculables, basta ver el video: son  48.000 Millones de Dólares por  https://youtu.be/vp2ROqqNllM en obras sin concluir, solo comparemos: El tercer Puente sobre el Rio Orinoco, cuya distancia es de Cuatrocientos metros (400), su costo: 2.500 Millones de dólares. Puente Nigale en el Zulia, cuya distancia es de nueve ( 9 ) Kilometres, su costo era de 2.000 Millones de dólares, (Por Dios, la distancia delató la corrupción). Y los Diputados de la Asamblea Nacional, y la Contraloría General, no cumplieron su trabajo de hacer Contraloría Pública. En el 2.017, Juan Guaidó, siendo presidente de la Comisión de Controlaría de la A.N. denunció: Ver por, https://youtu.be/XPrfSDGpvF0  “No es cierto, que están dando una lucha contra la corrupción”, si quieren de verdad, llevar una gesta real, investiguemos a Nicolás Maduro, por encubrimientos, investiguemos a los Magistrados por encubrimiento. Además Guaidó dijo, que desde la Comisión de Contraloría, seguirán investigando las denuncias, que se generen en materia de corrupción y trabajaran para hacer público los casos. Ahora bien, Juan Guaido, como el pez, muere por la boca, se ha vistos en los escándalos de CITGO y MONOMEROS, que envuelven no solo, al PSUV, sino también a la propia MUD.

Ante los malos manejos y actos de corrupción denunciados por los Periodistas y Diputados José Luis Pírela,  últimamente aclaro por VPI TV; https://youtu.be/hb8pQC’zmi0  “ La trama de Corrupción de Monómeros”. Afirmando que esta empresa del Estado Venezolano, en su totalidad, se quiso vender. Y es aquí donde nos preguntamos: ¿Será que muchos no conocen que existe la Ley Orgánica De Bienes Públicos, de junio de 2.012? Que crea la Superintendencia de Bienes Públicos, la cual  ha brillado por su ausencia en la investigación de   Citgo y Monomeros. Sabemos, que existe, una responsabilidad compartida de este desgobierno en estos 22 años, y miembros de la MUD, y también del interinato, de los actos evidentes de corrupción, existentes…Que hará ahora el Contraloría General de la Nación, y la Asambleas Nacionales 2015, pues se esta violando  el articulo 7 de la ejusdem, pues se necesita la aprobación de la Asamblea Nacional, para realizar cualquier contratación con otra empresa, por ser un patrimonio del Estado. Tenemos una información nueva que la Comisión nueva, de la Asamblea Nacional, que nombro el G4, le quiere echar tierra al asunto. Continuara…

ADOLFO HERNANDEZ-

@AmigosporVzla.

Nota: “Los hombres de luces y honrados son los que debieran fijar la opinión publica, El talento sin probidad es un azote”. Simón Bolívar, 09-10-1.828, Bogotá, Carta al General Francisco Carabaño..

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