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“Llegué a pensar que eso estaba bien”, Por María Victoria Fermín Kancev

Bancamiga

Un documental de Netflix sobre el pederasta Jeffrey Epstein —magnate estadounidense condenado por tráfico de menores de edad— reavivó en la opinión pública el tema del abuso sexual contra niños y adolescente.

En Venezuela, según la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (Lopnna), se entiende por niño toda persona con menos de 12 años de edad y por adolescente a toda persona con 12 años o más y menos de 18 años.

Pero cuando se trata de abuso, las consideraciones no se circunscriben a un simple número. Hay otros factores que entran en juego: la diferencia de edades entre la víctima y el agresor, la asimetría de poder, la presión social y psicológica y, el miedo.

Todo esto lo vivió Carlos* el día que cumplió 13 años de edad.

Una pareja de amigos cercanos de su mamá (Ana y Pedro*) les ofrecieron celebrar la ocasión en su casa y le hicieron una torta.

El adolescente recuerda haberse quedado dormido en la sala, mientras Ana y su mamá estaban en otra parte de la casa, conversando.

Carlos se despertó con la mano de Pedro dentro de su pantalón. Estaba en shock; el hombre de 38 años le repitió que no dijera nada, que este sería su secreto y que si hablaba, él le diría a su mamá que el adolescente se estaba portando mal, que lo sacarían del colegio.

Además del uso de la fuerza, las técnicas de coerción, la presión psicológica y el engaño son recursos que usan los agresores para imponerse. Juega a su favor que, usualmente, los victimarios son una figura “que detenta una posición de autoridad” para la víctima.

Así lo advierte el manualRuta de Atención Institucional del Abuso Sexual de Niños, Niñas y Adolescentes (NNA) creado por Avesa en 2016, con el apoyo de la Unicef.

“La diferencia de edad entre la víctima y la persona agresora en sí misma marca una relación de poder entre ambos. A mayor edad hay mayores recursos cognitivos (intelectuales y psicológicos), capacidad física y mayor autoridad”, señala también el instructivo.

El fundador y coordinador de los Centros Comunitarios de Aprendizaje (Cecodap), Fernando Pereira, insiste en que “cualquier contacto sexual entre adultos y adolescentes o niños está mediado por una asimetría de poder”.

En esto coincide el director de la Fundación Habla, Julio Romero, al destacar que es precisamente esa asimetría “la esencia” del delito.

Señala que, no obstante, “hay una práctica común de trasladar la responsabilidad a la víctima. Como cuando, por ejemplo, violan a una mujer y dicen que se vestía provocativa. Es una práctica arraigada en sistemas patriarcales machistas. Pero no, la responsabilidad es del agresor”.

La escalada del abuso

“Yo tenía problemas de autoestima… tenía ataques de ira, me molestaba por cosas en mi casa, tenía esa situación detrás de mí. Mi papá iba a tener otro hijo (se había divorciado de su mamá)”, rememora Carlos sobre cómo se sentía hace dos años.

El abuso escaló. “Fue yendo más allá… me hacía tomar alcohol. Mi mamá era muy cercana a esa persona. Sentía que si se lo decía, no me iba a creer”. Pedro, que se terminó separado de Ana, incluso hizo que Carlos tuviera relaciones sexuales con él y su nueva pareja, otra mujer.

“Todo era como un síndrome de Estocolmo. Llegué a pensar que eso estaba bien, que estaba enamorado”, dice el adolescente.

En una oportunidad, cuando ya tenía 15 años de edad, Carlos fue al cine con Pedro y su novia. Antes de que iniciara la película, pasaron un video de la Fundación Habla que instaba a las víctimas de abuso a hablar.

“Decía que la infancia de millones de niños se ve truncada por eso… que la clave era hablarlo. Escucharlo me hizo como un pinchazo en el pensamiento. Me hizo darme cuenta de que lo que vivía no estaba bien, que me estaban utilizando como un objeto, como un juguete. Me fui a mi casa, se lo comenté a un amigo. Él le dijo a su mamá y ella a la mía”, relata el muchacho.

Su mamá lo sentó y le pidió que le contara todo lo que Pedro le había hecho. “Yo sentía que cada palabra era como sacarme yo una espada y enterrársela a ella. Sacarme un peso y ponérselo”.

En Venezuela el abuso sexual en niños, niñas, y adolescentes es un delito y está definido en las Directrices Generales para Garantizar la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes contra el Abuso Sexual y la Explotación Sexual Comercial.

El texto fue publicado en noviembre de 2003 en la Gaceta Oficial Nº 37.815, por el Consejo Nacional de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes.

Además, el Estado venezolano a través de la Constitución sanciona este delito y ha suscrito y ratificado distintos tratados internacionales relativos a los derechos de niños niñas y adolescentes, la explotación sexual comercial, la trata de personas y los derechos humanos, que tienen una jerarquía similar a las leyes nacionales.

Consentimiento libre e informado

En el caso de las y los adolescentes, señala la coordinadora de Avesa, Magdymar León, “el delito de abuso sexual se constituye cuando hay ausencia de consentimiento” o “cuando el consentimiento está viciado”.

Cita un caso reciente en el país en el que un psicólogo que estaba al frente del Servicio de Psicología de Medicatura Forense, mantuvo relaciones sexuales con una de sus pacientes: una adolescente de 17 años de edad.

Explica León que, aún cuando la joven “dijo que sí”, se determinó que este psicólogo no solo violó sus propios códigos de ética sino que ejercía una relación de poder porque la evaluó, “conocía sus debilidades” y “era muy fácil seducirla”, por lo que “todo indica que hay una manipulación”.

El hombre fue encarcelado “sentenciado por acto sexual con víctima especialmente vulnerable”.

Específicamente, la Lopnna señala en su artículo 259 que quien realice actos sexuales con un niño o niña, o participe de ellos, “será penado o penada con prisión de dos a seis años” y describe las consideraciones que implicarían más años de cárcel.

El artículo 260 reza que “quien realice actos sexuales con un adolescente, contra su consentimiento, o participe de ellos”, también será penada o penado por la ley.

Pereira, de Cecodap, también considera que “hay que poner entre comillas el consentimiento de una o un adolescente que está en una situación de vulnerabilidad y de riesgo”.

Daniella Inojosa, integrante del colectivo feminista Tinta Violeta, llama a preguntarse “¿cuánto poder de decisión tiene el adolescente cuando hay una relación desigual de poder?”.

El abogado Julio Romero refiere otro caso en el que una madre denunció a un joven de 26 años de edad que tenía relaciones con su hija de 13 años.

Aunque la adolescente alegaba que el hombre era su novio y ella quería estar con él, la Sala de Casación del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) sentenció que, pese a lo dicho por ella, existía una relación de desigualdad y por consiguiente un abuso.

*Los nombres han sido cambiados

Este reportaje es parte de una serie de tres textos…continuarán

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