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#OPINION Por Luis Velázquez Alvaray: Es inhabilitación fraudulenta

El fraude contra la candidata de la oposición se ha construido sobre la mentira, colusión, dolo, y obviamente, sin el debido proceso.

En estas circunstancias, la sala político-administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, ha debido resolver declarando inexistente la inhabilitación y no sumarse a este proceso criminal, que solo ha servido para aumentar el número de participante en el hecho delictivo.

Oportunidad de oro para reivindicar la justicia y así ordenar que el propio Estado, investigue y sancione las profundas violaciones a los derechos humanos. Han permitido el camino de la impunidad rampante.

VAMOS POR PARTES

  • Cosa juzgada se produce bajo una sentencia judicial. Es decir, invoca un proceso, garantizando los preceptos constitucionales y legales, pisoteados en el caso in commento. Es una institución jurídica que garantiza el estado de derecho y la paz social. La doctrina habla de presunción absoluta: “Juris et de Iure”. Sólidamente establecida. Imposibilita la prueba en contrario.
  • La Constitución Nacional la entiende como garantía; el código civil como presunción legal y el código de procedimiento civil la contempla en el artículo 346 y 361 ejusdem, estableciendo los requerimientos que garanticen el debido proceso.
  • Nuestra legislación y la doctrina consideran la cosa juzgada fraudulenta, utilizada con fines distintos a los concebidos por el derecho, quebrantando sus principios de manera sustancial.
  • La Sala Política Administrativa del TSJ, en menoscabo de los derechos fundamentales, ha publicado una inconstitucional decisión, creando indefensión, validando hechos inexistentes, pretendiendo legalizar el origen y transcurso de esta acción censurable, afectando el orden público,  violando el art. 341 del Código de Procedimiento Civil, sin importar la inexistencia de juicio o proceso alguno; todo lo contrario, las decisiones ordenadas por los cabecillas de Miraflores, son opuestas  a las buenas costumbres y a toda la estructura legal vigente. Son más de 50 las violaciones cometidas El claro fraude procesal, no admite de ninguna manera, la medida de inhabilitación. Todo es producto de manipulaciones y engaños no permitidos en un Estado de Derecho. De existir se estudiaría plantear una acción autónoma a través del artículo 1185 del Código Civil:

“El que, con intención, o por negligencia o por imprudencia, a causado un daño a otro está obligado a repararlo”.

Debe igualmente reparación quien haya causado un daño a otro, excediendo en su ejercicio de su derecho, los límites fijados por la buena fe o por el objeto en vista del cual le ha sido conferido ese derecho”.

LA REVISIÓN DE LO DECIDIDO POR OTRAS SALAS

 Puede plantearse a la Sala Constitucional, ante la indebida aplicación de la Carta Magna, atender un recurso de revisión constitucional, bajo el procedimiento establecido en la ley orgánica de amparo y en la jurisprudencia de la propia sala, cuando se quebrantan los derechos consagrados en ella.

El problema sigue siendo el mismo, si atendemos al hecho constante y sucesivo de intervención política, que no permite la actuación autónoma de sus integrantes.

El art. 366 ordinal 4 CN, señala como atribuciones de la sala: “declarar la nulidad total o parcial de los actos en ejecución directa e inmediata de esta Constitución dictados por cualquier órgano Estatal en ejercicio de poder público, cuando colidan con esta”.

La doctrina es clara, cuando cualquier decisión es contraria a la justicia y al orden público.

Estamos en presencia de una monstruosidad jurídica, y debe ser subsanada ante la presión ciudadana nacional, y el pronunciamiento de numerosos órganos internacionales, incluidos aquellos que velan por los derechos humanos.

PD. SABADO 2 AM: PELEA EN MIRAFLORES.

La última reunión celebrada en la “guarida Mirafloriana”, originó fuerte discusión, a raíz de la decisión de Nicolas Maduro de no ser el candidato en las próximas elecciones.

Plantea como condición el levantamiento de las sanciones de EEUU a él y todas las personas de su entorno y el resto de la elite del PSUV. En segundo término, que su sucesor lo escoja el partido entre Diosdado Cabello, Los Rodríguez y Padrino. Los hermanos y Cabello pelean a cuchillo y existen amenazas de parte y parte.

Este lunes 5 o martes 6, la Asamblea Nacional usurpadora enviará una comunicación al CNE solicitando adelanto electoral para abril o mayo del presente año. T

emen mucho a la candidata de la oposición, a quien los sondeos nacionales e internacionales le otorgan el 90 por ciento de los votos si las elecciones fueran hoy. Han reconocido también, que el mundo libre está unido contra la inhabilitación fraudulenta.

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