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Triquiñuela del CNE: adjudican a Timoteo Zambrano y Luis Parra, una curul de manera ilegal

A ultima hora, se pudo conocer que el Consejo Nacional Electoral (CNE), unificó a los partidos Avanzada Progresista, Cambiemos y el Movimiento Ecológico, que participaron por separado en las parlamentarias del 6D.

En la página de resultados del CNE, hasta el segundo boletín oficial del CNE no sostenían alianza alguna de estas organizaciones, pero de la noche para la mañana, mostraba a las organizaciones políticas Cambiemos y a Avanzada en una misma lista nacional, pero no así al Movimiento Ecológico.

Resulta que la denominada Alianza Democrática, integrada por El Cambio, Copei, Avanzada Progresista, Cambiemos y Acción Democrática, poseen un millón 95 mil 170 votos para un 17,72 %”, de acuerdo al boletín de prensa emitido y publicado por el CNE en su portal web.

De repente, ayer ante esta presunta alianza o acuerdo o pacto que no había sido sellada, le adjudicaron a Timoteo Zambrano, una curul cuándo el no estaba formalmente ante el CNE, con el pacto de tales partidos y ahora es flamante diputado para el próximo periodo legislativo.

De igual manera, a Luis Parra del partido Primero Venezuela también le regalan un premio de consolación o una diputación, según gallos de media noche o duendes dentro del organismo rector electoral venezolano.

Por su parte, el periodista Eugenio Martínez indicó que el Poder Electoral «maquilla políticamente los resultados anunciados (después de la elección) al formalizar alianzas en la lista nacional (que no fueron notificadas por los interesados) para permitir que Timoteo Zambrano y Luis Parra sean diputados electos».

A pesar de que en la web del CNE dice que los tres adjudicados del voto lista en Yaracuy son para el PSUV, el equipo de prensa de Luis Parra acaba de enviar un comunicado informando que en una “actualización”, ha sido adjudicado él.

No obstante, el organismo electoral aún mantiene en su web que son tres listas distintas, de igual manera, no informó del cambio en las mesas.

De modo que, el CNE viola el artículo 63 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, donde se establece que los cambios deben ser informados por el ente comicial a los electores, “aunque no aparezcan reflejados en instrumento de votación”.

Enrique López Alfonzo

Periodista Venezolano Independiente

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Comments (1)

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