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Opinión

Análisis del crimen de asesinato en Venezuela Por José Luis Centeno S.

Crimen de asesinato, realidad en Venezuela desde 2014

Un informe jurídico concluye que hay una base razonable para creer que se han cometido crímenes de lesa humanidad de asesinato en Venezuela y que el sistema de justicia nacional es insuficiente para abordar estas violaciones.

El documento “Análisis del crimen de asesinato en Venezuela. Patrones, Recurrencia y Selectividad a la luz de la Situación I ante la Corte Penal Internacional”, elaborado por Fernando M. Fernández y Daniela Suárez Orellana, para Justicia, Encuentro y Perdón, presentado el pasado mes de mayo, analiza la situación de los crímenes de asesinato en Venezuela desde 2014.

El informe destaca las causas estructurales y fundamentales de la crisis de derechos humanos en Venezuela, que no pueden resolverse simplemente imponiendo sanciones; también, la insuficiencia de la legislación penal venezolana para procesar el crimen de asesinato, que a menudo es cometido por agentes estatales con impunidad.

Se concluye que la crisis de derechos humanos en Venezuela es el resultado de una política del estado y de grupos paraestatales, y que la responsabilidad individual debe atribuirse a aquellos que han cometido crímenes de lesa humanidad, por caso, en la supresión de la disidencia.

Contexto pleno de amenazas al derecho a la vida, máxime cuando los soldados y la policía son dirigidos por personal militar para actuar contra civiles desarmados.

La justificación de este análisis es proporcionar una evaluación detallada y objetiva de la situación de los crímenes de asesinato en Venezuela desde 2014, y analizar los patrones, recurrencia y selectividad de estos crímenes a la luz de la Situación I ante la Corte Penal Internacional, a fin de llamar la atención sobre la gravedad de la situación.

En la exégesis de los crímenes de persecución y asesinato, se explica cómo la persecución es un crimen de lesa humanidad que implica la privación grave de derechos fundamentales, y que el asesinato puede ser considerado un acto de persecución si se comete en conexión con la privación de derechos.

En tal sentido, se explican largamente los crímenes de persecución y asesinato, y cómo estos crímenes se han manifestado en Venezuela desde 2014.

Respecto a los elementos necesarios para demostrar que un asesinato es un crimen de lesa humanidad, se recalca que todos estos elementos se encuentran presentes en los eventos ocurridos en Venezuela desde 2014, particularmente en el contexto de las manifestaciones pacíficas por exigencia de derechos civiles y políticos y/o derechos económicos, sociales y culturales.

Asimismo, se describe el modus operandi del crimen de persecución en Venezuela y su conexión con el asesinato.

La persecución o privación de derechos fundamentales, como es manifestar pacíficamente y sin armas para reclamar derechos, conduce, necesariamente, al asesinato de las víctimas.

Por lo tanto, los crímenes de persecución y asesinato deben ser considerados en conjunto, ya que están estrechamente relacionados y se concatenan en la forma en que se atacan, persiguen y asesinan a las víctimas, generalmente miembros de una población con identidad política determinada o percibidos como tales.

Así las cosas, en Venezuela, los crímenes de persecución y asesinato se han producido de manera continua y sistemática desde al menos 2014, y siempre se presentan en forma de hechos continuados o múltiples, que continuamente se realizan de la misma forma y presentan el mismo resultado o similar.

En cuanto a las conclusiones, se destaca que los asesinatos perpetrados en Venezuela por motivos políticos desde 2014 han respondido a dos políticas discriminatorias:

La primera está fundada en motivos políticos y ha sido instaurada con la finalidad de reprimir, castigar y socavar a los opositores y disidentes, y la segunda está fundada en motivos de origen social y posición económica.

Las recomendaciones del documento incluyen varias sugerencias para la Corte Penal Internacional, la Organización de Estados Americanos, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y otros organismos internacionales.

Por ejemplo, se recomienda que la Corte Penal Internacional investigue los crímenes de persecución y asesinato en Venezuela desde 2014, y que se enfoque en la investigación de los máximos responsables.

Este informe es una llamada de atención sobre la situación de los derechos humanos en Venezuela y la necesidad de tomar medidas para proteger a la población vulnerable.

Es importante que la comunidad internacional preste atención a este informe y tome medidas para garantizar que se haga justicia y se protejan los derechos humanos en Venezuela.

* *Título del informe elaborado por Fernando M. Fernández y Daniela Suárez Orellana; que pertenece a la organización no gubernamental Justicia, Encuentro y Perdón.*

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