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“Del ciberataque a la norma: una respuesta jurídica y humanizada a la Guerra Gris”. Dr. Gustavo Duque Largo.

La guerra gris es la confrontación que no se declara, pero se libra todos los días en el terreno ambiguo donde la paz y la guerra se confunden. No busca la victoria militar repentina, sino la erosión paciente de la voluntad, la confianza y las instituciones del adversario. Se vale de ciberataques, desinformación, presión económica y sabotajes encubiertos, siempre bajo una negación plausible que dificulta la respuesta. Es, en esencia, una forma de coacción estratégica que explota las lagunas del derecho internacional y la lentitud de la diplomacia tradicional. Entender su significado es el primer paso para no aceptar que la zona gris se convierta en un territorio sin ley.

En este sentido, la guerra gris ha dejado de ser una categoría académica para convertirse en el pan nuestro de cada día en las relaciones internacionales. El ciberataque sufrido ayer por Japón contra el gigante GMO Internet Group, con robo de datos, extorsión y una recompensa millonaria ofrecida por la empresa, es mucho más que un delito informático: es la expresión visible de una confrontación que se libra por debajo del umbral de la guerra abierta, en ese espacio ambiguo donde la atribución se diluye, la coerción se disfraza y el derecho internacional tradicional llega tarde y mal pertrechado.

Como abogado internacionalista y diplomático, y como defensor de los derechos humanos, no puedo sino mirar este fenómeno con preocupación, pero también con la convicción de que una era humanizada es posible si colocamos a la persona en el centro de nuestras decisiones y si, al mismo tiempo, no debitamos el uso de la inteligencia artificial como herramienta al servicio de esa humanidad. Debitar la IA sería un error simétrico al de rendirnos a ella sin filtros humanos. La tecnología no es el enemigo; el enemigo es la ausencia de brújula ética y jurídica.

La zona gris explota precisamente nuestras lagunas. El derecho de la responsabilidad del Estado exige un estándar probatorio altísimo para atribuir un ciberataque a un gobierno, y en el ciberespacio el anonimato es la regla. El artículo 51 de la Carta de la ONU exige un “ataque armado” para activar la legítima defensa, pero la guerra gris opera deliberadamente por debajo de ese umbral: sabotajes económicos, campañas de desinformación, ransomware contra infraestructuras civiles críticas. La soberanía y la no intervención se invocan con ambigüedad, y la debida diligencia, aunque existe como norma, carece de un foro institucional competente para examinar alegaciones concretas. El derecho internacional humanitario, por su parte, presupone daños físicos identificables y se queda corto ante daños no cinéticos que erosionan la confianza social, la economía y la psicología colectiva. Estas no son lagunas menores: son grietas estructurales que la guerra gris ocupa con paciencia estratégica.

Frente a ello, mi propuesta como internacionalista es estratificada y realista. No creo en soluciones mágicas ni en un tratado universal que surja de la noche a la mañana, pero sí en una caja de herramientas que combine derecho duro, soft law e interpretación evolutiva. Necesitamos un tratado marco plurilateral sobre ciberoperaciones y guerra gris, adoptado por una coalición de Estados afines, que defina umbrales, obligaciones de atribución y límites a las operaciones encubiertas.

Necesitamos reinterpretar el umbral del “ataque armado” para incluir efectos acumulativos: una serie de ciberoperaciones que, individualmente, no alcanzan el umbral, pero que en conjunto producen un daño estratégico equivalente, deberían poder tratarse como un ataque armado. Necesitamos declarar la infraestructura digital civil crítica (energía, sanidad, finanzas) como zona fuera de límites para ciberoperaciones estatales, incluso en tiempos de paz. Y necesitamos un mecanismo internacional de atribución, un órgano técnico-jurídico independiente que emita dictámenes probatorios y reduzca la incertidumbre, complementado con una presunción jurídica matizada: si un ciberataque se lanza desde la infraestructura de un Estado que no coopera en la investigación, ese Estado debería cargar con la prueba de demostrar que no tuvo control o conocimiento. La debida diligencia cibernética merece, además, un tratado específico que establezca estándares mínimos de vigilancia y cooperación, con un mecanismo de revisión periódica.

Pero todo esto sería estéril si no se hace desde una perspectiva humanizada. La era humanizada no significa rechazar la inteligencia artificial, sino integrarla con criterios éticos y jurídicos claros, sin que su uso reste humanidad a nuestras decisiones. La IA puede ayudar a detectar patrones de ataques, a atribuir responsabilidades con mayor celeridad, a monitorizar infraestructuras críticas y a alertar sobre campañas de desinformación. Pero no puede sustituir el juicio humano, la ponderación diplomática ni la defensa de los derechos humanos. Debitar la IA sería tan irresponsable como delegar en ella la última palabra.

Como diplomático y defensor de derechos humanos, sostengo que la tecnología debe estar al servicio de la dignidad humana, no al revés. La guerra gris se combate con derecho, con diplomacia, con cooperación internacional y con instituciones sólidas, pero también con una ciudadanía informada y resiliente, protegida por Estados que no confundan seguridad con censura ni eficiencia con deshumanización.

El caso de Japón no es una excepción; es un llamado de atención. La comunidad internacional debe pasar de la retórica a los instrumentos. Los abogados internacionalistas asi como los diplomáticos, tenemos la responsabilidad de cerrar las brechas, de proponer soluciones viables y de no permitir que la zona gris se convierta en un territorio sin ley. Una era humanizada es posible si el derecho recupera su función de límite y de garantía, si la diplomacia recupera su capacidad de tender puentes y si la inteligencia artificial se integra como herramienta, nunca como excusa para debitar nuestra humanidad.

Finalizo exponiendo que la respuesta jurídica a la guerra gris no pasa por «militarizar» el derecho internacional, sino por cerrar las brechas de umbral y atribución mediante una combinación de interpretación evolutiva, normas sectoriales de soft law con vocación vinculante y, a más largo plazo, instrumentos convencionales plurilaterales. La batalla legal en la zona gris se libra tanto en los tribunales y las cancillerías como en la interpretación misma de las reglas existentes.

Dr. Gustavo Duque Largo

Abogado Internacionalista y Defensor de Derechos Humanos

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