CaigaQuienCaiga.net

#NoticiaInternacionales

En España Carolina Herrera encaja una sanción de 307.816 euros por acoso a una alto cargo

Se trata de una resolución inédita, tanto por reconocer el acoso como estructural dentro de la organización, como por la elevada indemnización concedida

Carolina Herrera ha encajado una multa histórica en el ámbito laboral español. El Juzgado de lo Social n.º 1 de Ourense ha multado a la empresa de moda Sociedad Textil Lonia, encargada de explotar la marca Carolina Herrera en España. La sanción impuesta es superior a los 300.000 euros, por acoso a una alto cargo.

El juez ha sentenciado a la compañía que dirige Jesús Domínguez -padre de las impulsoras de Bimba y Lola– a pagar una multa inédita. Esto ocurre tras considerar probado un caso de acoso institucional continuado y daño psicosocial severo. Además, se concluyó la vulneración de derechos fundamentales y falta de prevención de riesgos psicosociales.

La denunciante trabajaba como Técnica Superior diseñadora en el departamento de Carolina Herrera mujer, percibiendo un salario bruto mensual de 6667,14 euros. 

Según una sentencia a la que ha tenido acceso Vozpópuli, se constata con «toda claridad» que en Sociedad Textil Lonia, participada en un 25% por el grupo Puig -uno de los gigantes de la distribución en España-, existía un ambiente hostil contra los trabajadores del departamento de diseño. Esto ocurre al menos en el momento en el que formaba parte de la empresa la denunciante.

Desde hace años, se venían produciendo «prácticas absolutamente inaceptables». Estas incluyen «broncas, gritos, trato humillante, reprimendas, ocultación de trabajos, reuniones programadas fuera del horario normal, prohibición de que hablen entre los diseñadores y cooperen entre ellos».

Además, estarían supuestamente sometidos a una excesiva carga de trabajo. Estos actos, según la sentencia, constituyen una «acción sistemática que puede encuadrarse perfectamente en el concepto de acoso colectivo». 

La denunciante forma parte del grupo desde octubre de 2004. La situación de acoso comenzó en 2018, siendo supuestamente culpables las personas que están al mando del departamento de diseño de Carolina Herrera

Aunque la denunciante forma parte del grupo desde octubre de 2004, la situación de acoso comenzó en 2018. Las personas que están al mando del departamento de diseño de Carolina Herrera son supuestamente culpables.

A preguntas de este periódico, la compañía argumenta que «tanto la empresa como la representación mayoritaria de los trabajadores», en la de defensa de sus valores, lamentan el impacto que esta noticia tiene en las personas que forman parte del proyecto.

«Trabajamos constantemente y lo seguiremos haciendo, en crear un entorno de confianza y de comunicación. Que al mismo tiempo sea dinámico, para atender las exigencias de un sector tan demandante como el nuestro», agregan. 

Presuntamente, la situación era tan tensa que los trabajadores acudían con miedo a sus puestos de trabajos y compañeros de otros departamentos no querían acudir.

Esto habría provocado que las rotaciones internas fuesen constantes. Hasta diez personas habrían presentado su baja voluntaria durante este tiempo. Algunas de estas bajas fueron para ser tratadas de dolencias psiquiátricas.

Una demanda histórica

Durante el juicio, la empresa ha alegado que la demandante nunca había informado de su situación, pero el argumento ha sido finalmente rechazado. Así con todo, el juez ha considerado que los hechos constituyen un incumplimiento grave en materia de prevención de riesgos laborales. Por ello, ha condenado a la dueña de Carolina Herrera a pagar una multa de 307.816 euros. 

Se trata de una resolución inédita en el ámbito laboral español. Esto es tanto por reconocer el acoso como estructural dentro de la organización, como por la elevada indemnización concedida.

Por un lado, Sociedad Textil Lonia tendrá que pagar 157.816,80 euros por extinción indemnizada del contrato, en base al artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores para el despido improcedente.

Y es que en su momento las partes llegaron al acuerdo de que si la empresa no cumplía con su parte del compromiso. La trabajadora podría exigir la extinción de la relación laboral mediante despido disciplinario. Este despido se reconocería improcedente en sede administrativa.

Por otro lado, también se le ha impuesto una sanción de otros 150.000  euros por daño moral y vulneración del derecho a la integridad física y moral. 

Tomado de Vozpopuli

Comment here