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Ley de Brasil (Ley Nº 15.378 de 2026). Por Aníbal Sánchez

Ley de Brasil (Ley Nº 15.378 de 2026) «Estatuto de los Derechos del Paciente» gracias a los amigos de la @OPSOMSVenezuela @opsoms nos enteramos de esta iniciativa, después de escuchar ellos mi intervención sobre “el paciente como sujeto de derechos” en en el ámbito sanitario, nos lleva a tener an visión más grande, no un mero receptor pasivo de cuidados, el paciente tiene autonomía para decidir sobre su cuerpo, trato digno, confidencialidad, información clara y consentimiento

Que contempla la Ley (Brasil) La norma crea un Estatuto integral de derechos y deberes del paciente, aplicable a ‘Servicios públicos y privados de salud,
Profesionales sanitarios
Empresas aseguradoras’ El enfoque central es humanizar la atención médica, garantizando autonomía, dignidad y seguridad del paciente.

Establece algunos Derechos fundamentales del paciente

  • Como el Acceso y calidad
    (Atención oportuna y en condiciones dignas
    Infraestructura adecuada y personal capacitado
    Derecho a traslado)
  • Seguridad del paciente
    (Derecho a conocer procedimientos, riesgos y medicamentos)
  • Igualdad y no discriminación
    (Prohibición discriminazar por raza, religión, condición social, etc.(
  • Autonomía y participación
    (Toma de decisiones médicas
    o rechazar tratamientos)
  • Información y comunicación
    (clara, accesible, actualizada)
  • Investigación y tratamientos experimentales
    (Consentimiento obligatorio)
  • Confidencialidad y privacidad (Protección de datos médicos incluso después de la muerte)
  • Historia médica
    (Acceso libre al expediente)
  • Segunda opinión
    (Posibilidad de consultar)
  • Final de la vida

Responsabilidades del paciente

La ley introduce el elemento deberes del paciente, como:

  • Proporcionar información veraz sobre su salud
    Seguir tratamientos indicados
    Respetar normas del centro de salud
    Respetar a otros pacientes y personal médico

El Estado debe garantizar la aplicación mediante:

  • Difusión de derechos
    Evaluaciones periódicas del sistema de salud
    Informes anuales
    Canales de denuncia
    Seguimiento institucional

Actualmente en Venezuela no tenemos esto, un instrumento que integra bioética, derechos humanos y salud pública.

Se podría adelantar el “Incorporar el consentimiento, informado” o el fortalecer el derechos de información (Digitalizar) pero siempre en respeto a la confidencialidad

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