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Opinión: Las deudas del Estado venezolano ante el Sistema Universal de Derechos Humanos Por Saúl Blanco

Las violaciones sistemáticas de derechos humanos en el país se convirtieron en una política de Estado. Tanto así que ante la ausencia de procesos internos para garantizar y proteger las garantías fundamentales, los mecanismos internacionales cada vez tienen un mayor peso. El Sistema Universal de Derechos Humanos (SUDH) se convirtió en el único mecanismo funcional ante la intención de Venezuela de abandonar, por la vía de los hechos, el Sistema Interamericano de Derechos Humanos (SIDH).

Con el establecimiento de un equipo de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) en 2019, el Gobierno estableció un compromiso que aumenta y reafirma su responsabilidad en la protección de los derechos en un contexto de crisis política y humanitaria. La presencia de la instancia internacional en el país se inscribe en un mandato de monitoreo y apoyo directo, que implica una serie de obligaciones puntuales por parte del Gobierno. El primer balance formal y las recomendaciones derivaron en el informe presentado en julio de 2019.

Lejos de tomar las medidas necesarias para cesar, subsanar y prevenir las violaciones a los derechos, desde julio hasta diciembre de 2019, el Estado venezolano ha ejecutado por acción u omisión un total de 177 casos que representan 296 denuncias de violaciones al derecho[2].

Contexto

Los datos recopilados por la ACNUDH sobre la situación de derechos humanos en Venezuela surgen por las obligaciones que tiene el Estado ante el Sistema Universal[3] desde la ratificación del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos el 10 de mayo de 1978[4] y por el mandato del Consejo de Derechos Humanos (CDH) de la ONU, a propósito de las constantes violaciones que se vienen presentando en el país.

En este sentido, el ACNUDH en su función de promover el respeto y la observancia universal de todos los derechos humanos[5], documenta los datos sobre la situación de Venezuela. Para el mes de junio de 2018, publicó los datos registrados sobre las violaciones de derechos humanos en el país desde el año 2014.

El Gobierno venezolano no permitió acceso al territorio, lo que dificultó la documentación directa por parte de los organismos de la ONU. La información tuvo que recopilarse desde fuera, por medio de las víctimas, testigos y los informes realizados por las organizaciones de derechos humanos que están en el país.

Dentro de todos los datos que se registraron, ACNUDH indicó que se presentaron “(…) 708 casos que abarcaban 1.002 violaciones cometidas en 2017 contra el derecho a la libertad de expresión[6].

Este información sirvió de base para que el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas emitiera, el 26 de septiembre de 2018, la resolución “Promoción y protección de los derechos humanos en la República Bolivariana de Venezuela»[7]. Aquí se solicita al ACNUDH que prepare el informe de la situación de derechos humanos en el país y mantenga la información actualizada. Asimismo, se insta al Gobierno Nacional a cooperar con el ACNUDH y los mecanismos del CDH.

Reunión de la Alta Comisionada para los Derechos Humanos con víctimas. Caracas. Junio 2019.

A través de esta resolución la oficina del ACNUDH realizó una primera visita al territorio venezolano entre el 11 y el 22 de marzo. Por otro lado, la Alta Comisionada realizó su visita a Venezuela del 19 al 21 de junio de 2019. En estas visitas se pudo constatar la situación in situ, que sirvió para el informe del 4 de julio de 2019[8].

En relación con la libertad de opinión y expresión, se indicó que el Gobierno Nacional “ha tratado de imponer una hegemonía comunicacional imponiendo su propia versión de los hechos y creando un ambiente que restringe los medios de comunicación independientes”. ACNUDH documenta docenas de medios impresos, emisoras de radio y canales cerrados o clausurados. Se reportan casos de detenciones y expulsión de periodistas; incluso periodistas venezolanos exiliados y extranjeros que fueron expulsados del país o dejaron el país luego de ser liberados[9].

Además, relativo al Internet y las redes sociales, se hace mención que son los principales medios de comunicación e información para la ciudadanía, lo que limita el derecho a estar informado para aquellos que no tienen acceso a Internet. Señalan que la velocidad del servicio de Internet “está disminuyendo paulatinamente” a causa de la falta de inversión en infraestructura, y los sitios web de noticias independientes y redes sociales son bloqueados por el Gobierno[10].

Por último, se reportó que en los últimos 10 años, hasta 2018, se detuvieron a 55 personas por publicar en redes sociales, 24 de ellas en el año de 2018[11].

La Alta Comisionada de Derechos Humanos finaliza con una serie de recomendaciones al Gobierno Nacional, que serán analizados en el siguiente apartado.

En los informes sobre Venezuela, se concluye que se siguen cometiendo violaciones a los derechos humanos. A pesar de ello, Venezuela es miembro en el Consejo de Derechos Humanos desde el 1° de enero de 2020 por un período de tres (3) años[12].

Ser miembro del Consejo implica que se deben cumplir una serie de obligaciones[13]:

  • Ajustarse a las normas más estrictas en la promoción y protección de los derechos humanos, en comparación al resto de países; uno de los indicadores para elegir a un miembro del Consejo es tomando en cuenta sus antecedentes en el cumplimiento de los derechos humanos.
  • Debe estar sujeto al mecanismo de examen periódico universal durante el período en que sea miembro. Los datos se documentan por medio de la información que otorga el Estado, la información recopilada por el ACNUDH, las ONG, defensores de derechos humanos, instituciones académicas e investigación y representantes de la sociedad civil. Este examen periódico universal se somete a consideración y votación en los períodos ordinarios del consejo, a través de sus 47 miembros.
  • Cooperar con el Consejo con una visión universal, objetiva y no selectiva, en el cual se incluyen los órganos, mecanismos subsidiarios, grupos de trabajo intergubernamental de composición abierta y mecanismos especiales.

La situación de derechos humanos en el país puede generar que suspendan a Venezuela como miembro del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, a través de la Asamblea General de las Naciones Unidas, por votación de dos tercios de los miembros presentes y votantes, por cometer graves y sistemáticas violaciones a los derechos humanos[14].

El Consejo de Derechos Humanos, por medio de otra resolución del 26 de septiembre de 2019, creó la Misión Internacional Independiente de Determinación de los Hechos, por el período de un año[15]. Esta deberá presentar un informe con sus conclusiones al Consejo, en septiembre de 2020, en el 45º período de sesiones. Estas misiones son utilizadas:

“para responder a situaciones de graves violaciones del derecho internacional humanitario y del derecho internacional de los derechos humanos, tanto si estas son prolongadas, como si se derivan de acontecimientos súbitos, y para promover la responsabilidad por dichas violaciones y combatir la impunidad”[16].

Con referencia a la Misión Internacional en Venezuela, se le designó el objetivo de investigar “las ejecuciones extrajudiciales, las desapariciones forzadas, las detenciones arbitrarias y las torturas y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes cometidos desde 2014, con miras a asegurar la plena rendición de cuentas de los autores y la justicia para las víctimas”[17].

Esta misión fue rechazada por el Gobierno de Venezuela a través de un comunicado del Ministerio de Relaciones Exteriores:

“El Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela rechaza la conformación de una pretendida Misión de Determinación de Hechos para Venezuela en el seno del Consejo de Derechos Humanos, como resultado del vergonzoso uso político de los mecanismos de este Consejo por parte de un grupo reducido de Gobiernos con graves expedientes de violación de Derechos Humanos, en su obsesivo afán de atacar las legítimas instituciones del Estado venezolano y de ocultar las graves crisis sociales que enfrentan y que han conmovido a la opinión pública mundial”[18].

En este sentido, el compromiso de Venezuela frente a los derechos humanos está condicionado. Venezuela no está cumpliendo con las normas más estrictas en su promoción y protección. Por otro lado, la cooperación del país ante el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas es selectiva.

represión
GNB dispara directo a manifestantes. Foto: Univisión

Incumplimiento

El ACNUDH, a causa de la situación de Venezuela, realizó una serie de recomendaciones al Estado venezolano para que cumpla con sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos. En relación con el objetivo de este capítulo, el análisis del cumplimiento de estas recomendaciones se enfocará en la situación de la libertad de expresión hasta diciembre de 2019.

  1. Adopte de inmediato medidas para cesar, subsanar y prevenir las violaciones de los derechos humanos:

Como se indicó anteriormente, desde el informe, en Venezuela se registraron 177 casos de violación a la libertad de expresión, lo que se traduce en 296 violaciones al derecho[19].

El tipo de violación a la libertad de expresión con mayor frecuencia es la intimidación, con un total de 122. La censura, con un total de 44, es el segundo tipo que más ocurre en Venezuela. Y con un total de 35las restricciones administrativas son el tercer tipo con más frecuencia en el país.

Tipos de violaciones libertad de expresion obligaciones internacionales
Cuadro 1: Tipos de violaciones a la libertad de expresión

La censura previa[20], las limitaciones discriminatorias[21] y la utilización de vías indirectas para obstaculizar el derecho a la libertad de expresión[22] son incompatibles con estándares internacionales. Las únicas restricciones legítimas son aquellas que establecen responsabilidades ulteriores y que cumplen con el test tripartito[23]:

Esto significa que deben estar establecidas en una ley con preceptos claros, precisos y taxativas, necesario para el objetivo legítimo que se busca proteger; y estrictamente proporcional en un sistema democrático, interfiriendo en la menor medida posible con el derecho a la libertad de expresión[24].

Las violaciones en contra del derecho a la libertad de expresión generan un efecto restrictivo para buscar, recibir y difundir información. Esto se traduce en que la censura y la autocensura sea la regla. En Venezuela, las detenciones, persecuciones penales, amenazas y ataques a aquellos que ejercen legítimamente el derecho son constantes. Incluso, estos se incrementan cuando el Estado no toma las medidas necesarias para cesar, subsanar o prevenir estas violaciones.

  1. Lleve a cabo investigaciones prontas, efectivas y exhaustivas, independientes, imparciales y transparentes

Espacio Público registró 27 casos de denuncias ante el Ministerio Público desde el año 2017 hasta 2019. En ninguno la Fiscalía inicia una investigación independiente sobre los hechos. Son pocos los que designan fiscales, quienes no muestran avance en las pesquisas.

Para el año 2017, se presentaron un total de 18 denuncias, la mayoría se hicieron por violaciones o ataques a la libertad de expresión dentro de las manifestaciones opositoras, principalmente, desde marzo hasta agosto de 2017. Mientras que en 2018, se presentan tres casos de denuncias en Fiscalía. Por último, en 2019, en un contexto de alta conflictividad en los primeros meses, se levantaron seis denuncias en Fiscalía.

Es deber del Estado otorgar protección a las personas que se ven afectadas por ejercer el derecho a la libertad de expresión. El Estado como garante de los derechos humanos, no solo debe abstenerse de actuar de tal manera que propicie, estimule o favorezca la vulneración del derecho. Adicional a ello, debe tomar las medidas pertinentes para prevenir y proteger a aquellos que se les haya vulnerado su derecho[25].

Esto significa que el Estado debe emprender una investigación objetiva e independiente. La Fiscalía no debe recibir las denuncias como una simple formalidad condenada a ser infructuosa. La falta de investigación y rendición de cuentas por parte de las instituciones correspondientes genera un entorno propicio para la impunidad[26].

  1. Ponga en libertad a todas las personas privadas arbitrariamente de su libertad

A un total de 34 personas, por ejercer su derecho a la libertad de expresión se les privó de su libertad personal, ya sea momentánea o prolongadamente. Después de presentado el informe del ACNUDH, 15 personas fueron detenidas[27]; mientras que 19 sufrieron de una retención arbitraria[28].

Uno de los casos es de seis empleados de la Compañía Anónima Venezolana de Industrias Militares (Cavim), el día 9 de septiembre de 2019. Luego de una denuncia que hicieron en medios de comunicación por sus condiciones laborales, un cuerpo de la Dirección General de Contrainteligencia Militar (Dgcim) procedió a detenerlos[29].

Ana Belén Tovar, foto cortesía.

El 19 de noviembre de 2019, la Dgcim también detuvo a Ana Belén Tovar, gerente de Operaciones de Venmedios, luego de que los funcionarios practicaran un procedimiento de allanamiento en contra de la empresa[30]; en el que les incautaron todos los equipos. Actualmente, está en la sede del cuerpo de inteligencia, en Boleíta, Caracas, y acusada arbitrariamente en el Tribunal Sexto (06) en Funciones de Control de Primera Instancia del Área Metropolitana de Caracas[31] por la republicación de información.

Durante el procedimiento de allanamiento a la sede de la empresa de Venmedios, los funcionarios también retuvieron a trabajadores de la prensa por realizar cobertura del hecho: Andrea EspinozaJonathan BelloDanger Zorrilla y Jonathan Azuaje de VPI TV; y Miguel Da Silva y Roger Carrillo de Caraota Digital. A los respectivos periodistas les incautaron sus equipos telefónicos sin mediar razón legal alguna[32].

Víctor Ugas, periodista y asistente del diputado de la Asamblea Nacional, Gilber Caro, fue detenido durante 28 días desde el 20 de diciembre por la Fuerza de Acciones Especiales (FAES) de la Policía Nacional Bolivariana[33].

En casos como en el de Pedro Jaimes Criollo, el Estado venezolano utiliza el sistema penal para mantener un régimen de libertad condicionada, aun en los casos donde el Grupo de Trabajo de Detenciones Arbitrarias del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas exige la liberación plena de las personas privadas de libertad[34].

Pedro Jaimes (segundo de izquierda a derecha) con sus hermanas y su cuñado, noviembre de 2019

Pedro Jaimes Criollo fue excarcelado el 17 de octubre de 2019 y tiene una medida dictada por el sistema universal[35], en el cual se exige su liberación plena inmediata. A pesar de esta decisión, Jaimes Criollo sigue sometido a un procedimiento penal con dos medidas cautelares sustitutivas la libertad: prohibición de salida del país y régimen de presentación cada 30 días.

  1. Detenga, condene públicamente, castigue y prevenga todos los actos de persecución y represión selectiva por motivos políticos, incluidas la retórica estigmatizadora y las campañas de desprestigio

Los actos de persecución y represión selectiva por motivos políticos son constantes. Como se mencionó en el cuadro 1, se presentaron: 31 casos de amenazas; 26 casos de agresión, 22 de hostigamiento verbal; 13 casos de hostigamiento judicial y dos ataques.

Después del apagón eléctrico del 22 de julio, el presidente de la ilegítima asamblea nacional constituyente, Diosdado Cabello, por medio de la señal de Venezolana de Televisión (VTV), ordenó que se abriera una investigación en contra del ingeniero Winston Cabas, por haber dado unas declaraciones sobre el colapso del Sistema Eléctrico Nacional. Posteriormente, su hijo Arnoldo José Cabas Sarabias, de 23 años fue detenido por funcionarios del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional[36].

El 4 de diciembre, Cabello amenazó nuevamente con convertir la sede de El Nacional, en Caracas, en una universidad. Esta declaración surge por una demanda en instancias civiles que hizo en el año 2015 en contra del medio por difamación. Cabello indicó que solo espera por la sentencia para obligar a los propietarios del medio de comunicación a entregar todos sus bienes[37].

Para el 26 de noviembre, fue prohibida la proyección del documental Chavismo: la peste del siglo XXI en la Escuela de Derecho de la Universidad Central de Venezuela por parte del Ministerio Público (MP). El ente advirtió de las posibles consecuencias penales que tendrían los organizaciones y autoridades si continuaban con el evento[38].

Las amenazas y las intimidaciones se encuentran prohibidos por el principio nueve de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la CIDH[39]. Asimismo, en un contexto donde la libertad de expresión se encuentra amenazada, los discursos oficiales contra los medios de comunicación incrementan el riesgo de vulnerabilidad ante un ambiente de hostilidad, intolerancia o animadversión, por parte de sectores de la población[40].

  1. Adopte medidas efectivas para proteger a las personas defensoras de los derechos humanos y a las personas profesionales de los medios de comunicación

Esta recomendación tampoco se está cumpliendo. Después del informe del ACNUDH hasta diciembre de 2019, 103 periodistas/reporteros, 13 camarógrafos/técnicos y ocho reporteros gráficos fueron víctimas en el ejercicio de su derecho a la libertad de expresión.

El principio nueve contenido en la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión se encuentra vulnerado cuando los medios y comunicadores sociales son propensos a sufrir intimidación y otro tipo de transgresiones. El Estado debe abstenerse de cometer estas violaciones; y cuando aquellas se materialicen, debe investigar y sancionar a los responsables.

  1. Disuelva las FAES

Por parte de este Alto Comisionado, existe la preocupación de que se use a este cuerpo policial (…) como parte de una política de control social”[41].

Con frecuencia, los cuerpos de seguridad son los principales victimarios que atentan contra la libertad de expresión. Después del informe de ACNUDH, se presentaron 38 casos en que los cuerpos de seguridad son los victimarios por violaciones a la libertad de expresión, lo que representa un total de 29,01%[42].

Dentro de las víctimas de las FAES, y que se mencionó anteriormente, está Víctor Ugas, quien fue detenido el 20 de diciembre de 2019 mientras estaba en El Paraíso, Caracas, cenando con el diputado Gilber Caro, quien también fue detenido.

La periodista Luisángela Delgado y el reportero gráfico Ángel García del Diario Primicia fueron víctimas de estos funcionarios el 4 de octubre, debido a un choque en el que se encontraban implicados funcionarios de las FAES y una sexagenaria. Los funcionarios en el proceso les revisaron la cámara y obligaron a borrar las fotografías[43].

El 15 de noviembre funcionarios del FAES allanaron arbitrariamente la sede del partido Voluntad Popular ubicada en Altamira, Caracas. Aquí se encontraba el equipo de prensa del presidente de la AN, Juan Guaidó, los funcionarios “cargaron con computadoras, teléfonos celulares, cédulas de identidad y dinero de 30 personas”[44].

Llamado adicional

Dentro del Informe presentado por el ACNUDH, se hace de manera complementaria una serie de llamados adicionales que el Estado debería cumplir para garantizar los derechos humanos en Venezuela. A través de este apartado, “el ACNUDH hace un llamamiento al Gobierno para que”:

  1. Revoque las clausuras de medios de comunicación y ponga fin a otras medidas de censura contra los medios de comunicación; garantice el acceso a Internet y a las redes sociales, incluidos los sitios web de noticias, y la imparcialidad de los órganos oficiales en la asignación de las frecuencias del espectro radioeléctrico.

Emisoras de radio

Después del informe del ACNUDH hasta el último mes de 2019, nueve emisoras de radio fueron cerradas en varios zonas del país. En específico, se registraron casos en cinco estados:

  1. Apure: Radio Fe y Alegría 103.7 FM quedaron fuera del aire por la quema de la tarjeta de audio de la estación tras un apagón general en la entidad[45]Imaginación 94.1 Fm, fue cerrada el 28 de noviembre por Conatel, incautaron sus equipos y fue detenido su director, José Galindo, por la Guardia Nacional Bolivariana, la emisora tenía un mes al aire[46].
  2. Falcón: Médano Radio 95.5 FM, salió del aire luego de que cuatro funcionarios de Conatel le incautaron los equipos de transmisión, supuestamente por falta de concesión[47]Radio Jet 95.3 Fm también fue sacada del aire bajo los mismos hechos[48].
  3. Táchira: Las emisoras Radio Mundial y Radio Cultural fueron víctimas, por sexta vez, de robo de las bobinas y condensadores de ambas plantas que funcionaban con la misma antena, lo que las dejó fuera del aire el 2 de agosto[49]. El 14 de agosto, militares sin orden judicial, ni de Conatel, sustrajeron los equipos de transmisión a la emisora RBI 90.9 FM[50].
  4. Trujillo: La emisora Z 89.1 Fm fue cerrada por Conatel y le incautaron sus equipos de transmisión. La misma estaba en un período de prueba desde el 23 de julio[51].
  5. Yaracuy: La emisora Súper Estación 107.3FM también fue víctima por parte de Conatel. A la emisora se le decomisaron los equipos por presuntamente no contar con las concesiones correspondientes[52].

Son varios medios de comunicación de radio y televisión que se encuentran en espera para que se les otorgue la concesión y operar de manera estable. Esta incertidumbre se produce porque no existe un procedimiento legal de entrega de concesiones que sea abierto, independiente y transparente[53].

TV y medios digitales

Dos medios de comunicación digital y un canal de televisión abierta fueron perseguidos o cerrados tras ser sometidos a procedimientos realizados por organismos de seguridad.

La sede de la empresa Venmedios, ubicada en Caracas, fue allanada a causa de unas publicaciones replicadas por el portal de noticias Entorno Inteligente, el cual tiene la misma dirección que la empresa. En este proceso incautaron todos los equipos del medio, quedando totalmente inoperativo[54].

Otro caso es de los medios Venepress y Telecaribe, los cuales fueron objeto de un proceso de allanamiento por parte del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin). Sus sedes en Caracas y Puerto La Cruz fueron cerradas[55].

Esta situación de los medios de comunicación no solo afecta su derecho a circular noticias, ideas y opiniones, sino que también se limita ilegítimamente el derecho de la sociedad de recibir información[56]. Quienes ejercen el periodismo tienen derecho a que se generen las condiciones de libertad e independencia necesarias para cumplir con su función de mantener a la sociedad informada[57]; y consecuentemente los medios se conviertan en mecanismos para el ejercicio de la libertad de expresión y no vehículos para restringirla[58].

Restricciones en Internet

El Estado venezolano no tomó las medidas necesarias para garantizar el acceso a Internet y las redes sociales. Espacio Público registró 24 casos que se traducen en nueve bloqueos en línea, cinco hostigamientos verbales, tres ataques cibernéticos, cuatro restricciones administrativas, una amenaza, una caída de Internet y un caso de hostigamiento judicial.

Imagen: Reuters

Los principios de neutralidad, pluralidad y diversidad de flujo informativo en Internet no se garantizan. Los ciudadanos y usuarios en Venezuela tienen serias limitaciones para acceder, elegir, utilizar, enviar, recibir y ofrecer cualquier contenido en línea, ya que se encuentran condicionados o restringidas por medio de bloqueos, persecución, interferencias y la reducción de la velocidad de navegación[59].

Para que un Estado limite de forma legítima el derecho a la libertad de expresión en Internet, debe cumplir con las siguientes condiciones: “justificación legal; búsqueda de una finalidad imperativa; necesidad, idoneidad y proporcionalidad de la medida para alcanzar la finalidad perseguida; garantías judiciales; y satisfacción del debido proceso, incluyendo, las notificaciones al usuario”[60].

  1. Desarme y desmantele a los grupos armados civiles progubernamentales (los llamados “colectivos armados”) y garantice la investigación de sus delitos.

Se registraron cinco casos donde los victimarios contra el ejercicio a la libertad de expresión fueron grupos violentos. En específico, son cuatro agresiones, cuatro intimidaciones y dos amenazas por parte de grupos civiles violentos. Entre las principales víctimas, se presentan tres camarógrafos/técnicos, un medio de comunicación, un periodista y un reportero gráfico.

Uno de los casos es de Jhonathan Bello, camarógrafo de Venezolanos por la Información (VPI TV). El 23 de septiembre, mientras los ciudadanos esperaban al presidente de la AN, Juan Guaidó, grupos civiles violentos, identificados con el Gobierno, empezaron a disparar, lanzar agua, piedras e insultos[61].

Es necesario que el Estado investigue este tipo de ataques al ejercicio a la libertad de expresión por parte de grupos violentos. Los actos de particulares o ciudadanos puede constituir una violación a la libertad de expresión por parte del Estado, si por medio de su acción u omisión, no cumple su obligación de prevenir y garantizar los derechos humanos[62].

Consideraciones finales

A pesar que el Estado venezolano permitió la visita del ACNUDH y el establecimiento de una oficina permanente, las recomendaciones de este organismo no se cumplen. La situación en el país demuestra que no existe un verdadero compromiso para garantizar y proteger los derechos humanos.

Con motivo de la denuncia de la Convención Americana de Derechos Humanos[63] y de la Carta de la Organización de Estados Americanos[64], el SUDH tiene un mayor peso dentro de la situación en Venezuela, en cuanto a la defensa y protección de los derechos humanos. No obstante, esta denuncia es inconstitucional y en consecuencia ineficaz e inválida[65], por lo cual es importante estar atento a las futuras acciones que se deban tomar frente a este sistema regional de derechos humanos.

Por otro lado, Venezuela es miembro del Consejo de Derechos Humanos. Esto significa que tiene derecho a voz y voto dentro de las decisiones de este organismo. El historial de violaciones de derechos humanos en el país demuestra que no es apta para ser miembro de este Consejo. No obstante, al estar sujeto al mecanismo de examen periódico universal, a una plena cooperación con el Consejo y el ACNUDH, y asimismo, tener el deber de cumplir unos estándares altos de derechos humanos, genera que haya un mayor control y seguimiento en el cumplimiento de sus obligaciones.

De hecho, la resolución Promoción y protección de los derechos humanos en la República Bolivariana de Venezuela fue emitida mientras Venezuela era miembro del Consejo[66]. En esta resolución se inició el proceso para que el ACNUDH preparara su informe y que el Gobierno Nacional de Venezuela colaborara con este organismo especializado.

De igual modo, la participación de la Misión Internacional Independiente de Determinación de los Hechos en Venezuela no establecerá si se presentaron violaciones a los derechos humanos o no. Su objetivo será “asegurar la rendición de cuentas de los autores y la justicia para las víctimas”. En pocas palabras, busca determinar a los máximos responsables de violaciones a los derechos humanos y combatir la impunidad.

El deber de la ciudadanía, en general frente a todo este sistema, es documentar, denunciar y difundir las violaciones, con el objetivo de activar los mecanismos necesarios y pertinentes para que el Estado rinda cuentas por las violaciones a los derechos humanos cometidos en Venezuela.


[1] Abogado. Oficial del programa de Promoción, Defensa y Acción Pública, de Espacio Público.

[2] Estos datos son documentados por Espacio Público desde el 5 de julio de 2019, fecha en que se presentó el Informe del Alto Comisionado de Derechos Humanos de la ONU y el mes de diciembre de 2019.

[3] El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos exige en su artículo 2.1 que los Estados partes, deben respetar y garantizar los derechos humanos de cada individuo que se encuentren en su territorio y estén sometidos a su jurisdicción sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social.

[4] UNTC (2020) International Covenant on Civil and Political Rights. Recuperado en: https://treaties.un.org/doc/Publication/MTDSG/Volume%20I/Chapter%20IV/IV-4.en.pdf

[5] Resolución A/RES/48/141 de la Asamblea General de las Naciones Unidas

[6] ACNUDH (2018) Violaciones de los Derechos Humanos en la República Bolivariana de Venezuela: una espiral descendente que no parece tener fin. Ibidem. Pág. 41 y 42. Recuperado en: https://www.ohchr.org/Documents/Countries/VE/VenezuelaReport2018_SP.pdf

[7] Resolución A/HRC/39L.1/Rev.1 del Consejo de Derechos Humanos de la ONU.

[8] Informe A/HRC/41/18 Informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre la situación de los derechos humanos en la República Bolivariana de Venezuela.

[9] Ibidem. Párrs 28

[10] Idem.

[11] Ibidem. Párrs. 29

[12] Asamblea General de las Naciones Unidas (2019) Elección del Consejo de Derechos Humanos (17 de octubre de 2019). Recuperado en: https://www.un.org/es/ga/74/meetings/elections/hrc.shtml

[13] Asamblea General A/RES/60/251. Consejo de Derechos Humanos. Párrs. 9

[14] Asamblea General A/RES/60/251. Consejo de Derechos Humanos. Párrs. 8

[15] Resolución A/HRC/42/L.4/Rev.1 Situación de los derechos humanos en la República Bolivariana de Venezuela.

[16] OHCHR. Recuperado en https://www.ohchr.org/SP/HRBodies/HRC/Pages/COIs.aspx

[17] Resolución A/HRC/42/L.4/Rev.1 Situación de los derechos humanos en la República Bolivariana de Venezuela. Párrs. 24

[18] MPPRE (2019) Gobierno Bolivariano rechaza conformación de Misión de Determinación de Hechos para Venezuela en Consejo de DDHH. Recuperado en http://mppre.gob.ve/wp-content/uploads/2019/12/Gobierno-Bolivariano-rechaza-la-conformaci%C3%B3n-de-una-Misi%C3%B3n-de-Determinaci%C3%B3n-para-Venezuela-en-el-Consejo-de-Derechos-Humanos-convertido-1.pdf

[19] Se entiende por caso la situación o circunstancia en la que se ve vulnerado el derecho a la libertad de expresión, pudiendo registrarse una o varias violaciones por caso.

[20] Corte I.D.H., Caso Kimel Vs. Argentina. Sentencia de 2 de mayo de 2008. Serie C No. 177, párr. 54; Corte I.D.H.

[21] Corte I.D.H., Caso López Álvarez Vs. Honduras. Sentencia del 1º de febrero de 2006. Serie C No. 141, párr. 170.

[22] Artículo 13.3.: “No se puede restringir el derecho de expresión por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas, o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios encaminados a impedir la comunicación y la circulación de ideas y opiniones”.

[23] Artículo 13.2.: “El ejercicio del derecho previsto en el inciso precedente no puede estar sujeto a previa censura sino a responsabilidades ulteriores, las que deben estar expresamente fijadas por la ley y ser necesarias para asegurar:

  1. el respeto a los derechos o a la reputación de los demás, o
  2. la protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud o la moral públicas”.

 

[24]Corte I.D.H., Caso de Eduardo Kimel Vs. Argentina. Sentencia de 2 de mayo de 2008. Serie C No.177, párr. 83

[25] Corte I.D.H., Caso Ríos y otros Vs. Venezuela. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 28 de enero de 2009. Serie C No. 194, párr. 107;

[26] Corte            IDH. Caso de los “Niños de la Calle” (Villagrán Morales y otros) Vs. Guatemala. Fondo.   Sentencia de 19 de noviembre de 1999.       Serie C No. 63

[27] Cuando un cuerpo policial o militar evita que una persona pueda movilizarse libremente. Incluye necesariamente el traslado a centro de detención, o movilización desde el lugar de detención así no tenga un destino establecido o incluya varios destinos (ruleteo), sin orden de detención. Siempre se lleva a cabo con conocimiento del Estado.

[28] Cuando un cuerpo policial o militar evita que una persona pueda movilizarse libremente, sin trasladarla a otro lugar o centro de detención.

[29] Espacio Público (2019) Sebin detuvo a seis trabajadores de Cavim que exigían mejoras salariales. Recuperado en http://espaciopublico.ong/sebin-detuvo-a-seis-trabajadores-de-cavim-que-exigian-mejoras-salariales/

[30] Espacio Público (2019) Dgcim allana sede de Venmedios y detiene a trabajadores de la prensa. Recuperado en: http://espaciopublico.ong/dgcim-allana-sede-de-venmedios-y-detiene-a-trabajadores-de-la-prensa/

[31] Espacio Público (2020) Ana Belén Tovar continúa detenida injustamente

Recuperado en: http://espaciopublico.ong/ana-belen-tovar-continua-detenida-injustamente/

http://espaciopublico.ong/ana-belen-tovar-continua-detenida-injustamente/

[32] Espacio Público (2019) Dgcim allana sede de Venmedios y detiene a trabajadores de la prensa. Recuperado en: http://espaciopublico.ong/dgcim-allana-sede-de-venmedios-y-detiene-a-trabajadores-de-la-prensa/

[33] Espacio Público (2019) Más de 200 funcionarios del FAES detuvieron al periodista Víctor Ugas. Recuperado en:

http://espaciopublico.ong/mas-de-200-funcionarios-del-faes-detuvieron-al-periodista-victor-ugas/

[34] Espacio Público (2019) Sentencia Previa: La Justicia Penal Contra la Libertad de Expresión. Pág. 9 y 10. Recuperado en: http://espaciopublico.ong/sentencia-previa-la-justicia-penal-contra-la-libre-expresion/

[35] Espacio Público (2019) Excarcelado Pedro Jaimes tras un año y cinco meses de detención arbitraria. Recuperado en:

http://espaciopublico.ong/excarcelado-pedro-jaimes-tras-detencion-arbitraria/

[36] Espacio Público (2019) Quinto apagón masivo incomunicó a Venezuela. Recuperado en: http://espaciopublico.ong/quinto-apagon-masivo-incomunico-a-venezuela/

[37] El Nacional (2019) “Diosdado Cabello advirtió que convertirá sede de El Nacional en una universidad”. Recuperado en:

https://www.elnacional.com/venezuela/diosdado-cabello-advirtio-que-convertira-sede-de-el-nacional-en-una-universidad/

[38] Espacio Público (2019) Prohíben la proyección de “Chavismo, la peste del siglo XXI” en la UCV. Recuperado en: http://espaciopublico.ong/prohiben-la-proyeccion-de-chavismo-la-peste-del-siglo-xxi-en-la-ucv/

[39] 9. “El asesinato, secuestro, intimidación, amenaza a los comunicadores sociales, así como la destrucción material de los medios de comunicación, viola los derechos fundamentales de las personas y coarta severamente la libertad de expresión. Es deber de los Estados prevenir e investigar estos hechos, sancionar a sus autores y asegurar a las víctimas una reparación adecuada”.

[40] Corte I.D.H., Caso Ríos y otros Vs. Venezuela. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas.

[41] Informe A/HRC/41/18 Informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre la situación de los derechos humanos en la República Bolivariana de Venezuela. Párrs. 78

[42] El registro de victimarios que se vienen presentando después del informe se determina de la siguiente manera: 38 casos de cuerpo de seguridad, lo que representa el 29,01%; 33 funcionario (a) lo que representa el 25,19%; 28 Instituciones del Estado, lo que representa el 21,37%; desconocido, lo que representa el 13,74%; 5 grupos violentos, lo que representa el 3,82%; Hackers, lo que representa el 2,29%; 4 particulares, lo que representa el 2,29%; 2 medios de comunicación, lo que representa el 1,53% y; 1 Poder Ejecutivo, lo que representa el 0,76%.

[43] Espacio Público (2019) Funcionarios intimidan a periodistas del Diario Primicia. Recuperado en: http://espaciopublico.ong/funcionarios-intimidan-a-periodistas-del-diario-primicia/#.XcA8-kVKhEI

[44] Espacio Público (2019) Funcionarios asaltaron sede de Voluntad Popular en Caracas. Recuperado en: http://espaciopublico.ong/funcionarios-asaltaron-sede-de-voluntad-popular-en-caracas/

[45] Espacio Público (2019) Fuera del aire Radio Fe y Alegría 103.7 FM Apure. Recuperado en: http://espaciopublico.ong/fuera-del-aire-radio-fe-y-alegria-103-7-fm-apure/.

[46] Espacio Público (2019) Conatel cierra y despoja de sus equipos a Imaginación 94.1 FM. Recuperado en: http://espaciopublico.ong/conatel-cierra-y-despoja-de-sus-equipos-a-imaginacion-94-1-fm/

[47] Espacio Público (2019) Conatel saca del aire a Radio Médano 95.5 FM. Recuperado en http://espaciopublico.ong/conatel-saca-del-aire-a-radio-medano-95-5-fm/

[48] Espacio Público (2019) Conatel incautó los equipos de Radio Jet 95.3 FM en Falcón. Recuperado en: http://espaciopublico.ong/conatel-incauto-los-equipos-de-radio-jet-95-3-fm-en-falcon/

[49]Espacio Público (2019) Roban por sexta vez a Radio Mundial 860 AM y Radio Cultural del Táchira. Recuperado: http://espaciopublico.ong/roban-por-sexta-vez-a-radio-mundial-860-am-y-radio-cultural-del-tachira/

[50] Espacio Público (2019) Militares cargaron con los equipos de RBI 90.9 FM en Ureña. Recuperado en: http://espaciopublico.ong/militares-cargaron-con-los-equipos-de-rbi-90-9-fm-en-urena/

[51] Espacio Público (7 de agosto de 2019) #DenunciaEP | Conatel cierra la emisora Z 89.1 FM e incauta sus equipos de transmisión. La estación que operaba desde la ciudad de Valera, estado #Trujillo, estaba en período de prueba desde el 23 de julio #7ago. Recuperado en: https://twitter.com/espaciopublico/status/1159263955933642752

[52] Espacio Público (2019) Conatel incautó los equipos de Súper Estación 107.3FM en Yaracuy. Recuperado en: http://espaciopublico.ong/conatel-incauto-los-equipos-de-super-estacion-107-3fm-en-yaracuy/

[53] Corte I.D.H., Caso Granier y Otros (Radio Caracas Televisión) Vs. Venezuela. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas.Sentencia de 22 de junio de 2015. Párrs. 382.

[54] Espacio Público (2019) Dgcim allana sede de Venmedios y detiene a trabajadores de la prensa. Recuperado en:

http://espaciopublico.ong/dgcim-allana-sede-de-venmedios-y-detiene-a-trabajadores-de-la-prensa/

[55] Espacio Público (2019) Venepress y Telecaribe se pronuncian tras clausuras de sus sedes. Recuperado en http://espaciopublico.ong/venepress-y-telecaribe-se-pronuncian-tras-clausuras-de-sus-sedes/

[56] Corte I.D.H., Caso Ivcher Bronstein Vs. Perú. Sentencia del 6 de febrero de 2001. Serie C No. 74, párr. 163.

[57] Corte I.D.H., Caso Herrera Ulloa Vs. Costa Rica. Sentencia de 2 de julio de 2004. Serie C No. 107, párr. 119.

[58] Corte I.D.H., La Colegiación Obligatoria de Periodistas (Arts. 13 y 29 Convención Americana sobre Derechos Humanos). Opinión Consultiva OC-5/85 del 13 de noviembre de 1985. Serie A No. 5, párr. 34.

[59] Relator Especial de las Naciones Unidas (ONU) sobre la Promoción y Protección del derecho a la Libertad de Opinión y de Expresión, Representante para la Libertad de los Medios de Comunicación de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE), Relatora Especial de la Organización de Estados Americanos (OEA) para la Libertad de Expresión, y Relatora Especial sobre Libertad de Expresión y Acceso a la Información de la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos (CADHP). 1 de junio de 2011. Declaración conjunta sobre libertad de expresión e Internet. Punto 5 (a) y punto 6 (b), (c)

[60] Para leer más de las limitación buscar en: C.I.D.H (2013) Libertad de Expresión e Internet. Párrs. 55. Recuperado en: http://www.oas.org/es/cidh/expresion/docs/informes/2014_04_08_Internet_WEB.pdf

[61] Espacio Público (2019) Herido camarógrafo de VPITV durante ataque de civiles a la caminata de Guaidó. Recuperado en: http://espaciopublico.ong/herido-camarografo-de-vpitv-durante-ataque-de-civiles-a-la-caminata-de-guaido/

[62] Corte I.D.H., Caso Ríos y otros Vs. Venezuela. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 28 de enero de 2009. Serie C No. 194, párr. 110

[63] OEA (2013) CIDH manifiesta su profunda preocupación por efecto de la denuncia de la Convención Americana por parte de Venezuela. Recuperado en: https://www.oas.org/es/cidh/prensa/comunicados/2013/064.asp

[64] Presidente de Venezuela (2017) Nota formal de denuncia de la Carta de la Organización de Estados Americanos. Recuperado en: https://www.oas.org/es/sla/ddi/docs/a-41_nota_venezuela_04-28-2017.pdf

[65] Para tener mayor información sobre la situación legal de Venezuela ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos después de la denuncia de la Convención Americana de Derechos Humanos, se puede ver: Ayala Corao, Carlos (2013) Inconstitucionalidad de la denuncia de la Convención Americana sobre Derechos Humanos por Venezuela. Recuperado en: http://www.corteidh.or.cr/tablas/r32197.pdf

[66] El período de Venezuela inició en el 2015 y finalizó en el 2018, renovado en 2019. Asamblea General de las Naciones Unidas (2015) Elección del Consejo de Derechos Humanos (28 de octubre de 2015). Recuperado en: https://www.un.org/es/ga/70/meetings/elections/hrc.shtml

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