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7 respuestas claves: Nuevo IVA para pagos en dólares

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La mayor modificación a la ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA) es la inclusión de una alícuota adicional para todos los pagos realizados con monedas diferentes a los bolívares o al Petro. Sin embargo, para conocer cómo funcionará en la práctica todavía falta que se fije cuál será la tasa entre 5% y 25% y se aclare si habrá alguna exención para este nuevo impuesto para los pagos hechos con dólares, euros o el Bitcoin en Venezuela.

La Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.507 con el Decreto Constituyente de este nuevo IVA para pagos en dólares apenas responde algunas preguntas claves sobre el espíritu de este nuevo tributo, que nace justo después de dos años de hiperinflación en el país.

¿Quiénes pagarán este nuevo IVA adicional?

Todos aquellos consumidores que realicen sus pagos en una moneda diferente al bolívar o al Petro. Esto incluye, por ejemplo, las compras que se hagan de alimentos comunes como la carne, el pollo, los huevos y el queso, si se pagan en dólares en cualquier comercio.

¿Y a la hora de comprar una propiedad?

Esta nueva alícuota tendrán que cancelarla también las personas que adquieran una propiedad como un apartamento, una casa, un carro o una moto y paguen con dólares o euros. En esos casos, la firma oficial ante el Servicio Autónomo de Registros y Notarías (Saren) no podrá realizarse sin presentar el comprobante del pago del tributo.

¿Los profesionales independientes también deberán cobrarlo?

La nueva legislación específica que este nuevo tributo aplica tanto para los bienes como para los servicios. Esto supone que médicos, arquitectos, diseñadores gráficos, plomeros, administradores, abogados y comunicadores sociales que reciban pagos en dólares deberán emitir una factura, que contemple también esta nueva tasa del IVA adicional a la hora de cobrarle a sus clientes.

¿En qué momento se pagará este nuevo IVA?

Al momento de la compra final. Los comercios estarán obligados a emitir una factura que especifique con cuál moneda extranjera o criptoactivo se realizó la operación. Esta factura debe detallar, además, cuál fue la tasa de cambio aplicada en la conversión a bolívares, la base imponible, el tributo y el monto total.

En el caso de los bienes o inmuebles, el pago se realizará previo a la firma ante la Notaría Pública o el Registro Público. El artículo 62 de la nueva ley establece que los funcionarios estarán obligados a solicitar el comprobante de pago que muestre que la transacción se canceló en bolívares o en Petro. De lo contrario, ellos no podrán autorizar la firma de la venta hasta que se presente el comprobante por el monto del IVA adicional que corresponde al pago en dólares.

¿Cuál será la tasa de este nuevo IVA?

Este aspecto clave reposa en manos del Ejecutivo Nacional. La ley le otorga hasta el próximo 27 de febrero al gobernante Nicolás Maduro para fijar una tasa entre 5% y 25% para los pagos hechos en dólares. Es importante resaltar que estas tasas pueden ser diferentes para cada tipo de producto o servicio, de acuerdo a lo contemplado en el artículo 27 de la nueva legislación.

Maduro también tendrá la potestad de exonerar del pago de este impuesto a determinados alimentos o productos de higiene personal. El parágrafo tercero del artículo 62 registra, además, que la exoneración podrá hacerse para todo un sector económico o a un medio de pago como el efectivo.

Fijar una exención por tipo de productos o medio de pago puede ayudar a corregir que las familias que reciben una remesa tengan que pagar una alícuota adicional por sus compras básicas, como si se tratara de personas con grandes fortunas en monedas extranjeras.

¿Cuándo comenzará a regir el pago este nuevo tributo?

A partir del jueves 30 de marzo de 2020 entra en vigencia esta modificación hecha por la Asamblea Nacional Constituyente, que no siguió ni los debates parlamentarios ni tampoco una fase de debate público abierta a la ciudadanía.

Es decir que los supermercados, las cadenas de farmacias y otras grandes redes de comercios deberán ajustar sus máquinas fiscales para emitir las facturas en dólares o en euros antes de que comience abril.

¿Quién estará encargado de supervisar el cumplimiento de esto?

El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) estará a cargo de las fiscalizaciones, tanto a los comerciantes como a los profesionales independientes, para velar porque se siga lo establecido en esta nueva legislación.

En el caso de los bienes inmuebles, los funcionarios del Saren también tendrán una responsabilidad porque ellos no podrán avalar la firma de una venta de una propiedad, sin verificar que el pago se haya hecho en bolívares o en su defecto, se haya cancelado el nuevo IVA correspondiente.

Para la puesta en práctica todavía faltan algunas definiciones, pero para conocerlas hay que esperar por el siguiente decreto publicado en la Gaceta Oficial.

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