Luego de aprobarse por la Asamblea Nacional (AN), la tan cacareada reforma a la Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras, economistas y analistas financieros calificaron la decisión como “una de las peores”, dada la implicación que podría tener sobre la economía de Venezuela.
El economista y gerente de Operaciones de Econométrica, Alejandro Castro, criticó la decisión de aprobar la reforma a la Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras como una «de las peores» debido a las implicaciones que podría tener sobre la economía venezolana.
El analista financiero y directivo de la Cámara de Comercio e Industria del municipio Caroní del estado Bolívar (Camcaroní), Camilo London, afirmó que esta aprobación se realizó sin que se haya cumplido con lo dispuesto en el artículo 211 de la Constitución Nacional que obliga a la consulta pública para oír a los ciudadanos y la sociedad organizada.
Cabe destacar que la normativa aprobada estipula una alícuota del 3% a las operaciones que involucren pago mediante divisas o criptoactivos que no sean el petro.
“Resulta algo perverso que un chamo que se ‘parte el lomo’ en el extranjero para mandar remesas a sus padres en el país, tenga ahora que pagar un 3% por cada dólar que estos usen en comida y otros gastos”, dijo.
Estimó que la otra opción será que las personas compren bolívares al Banco Central de Venezuela (BCV) para evitar pagar el 3% de la alícuota.
El economista y gerente de Operaciones de Econométrica, Alejandro Castro, criticó que no haya un asesor económico en el alto Gobierno que no sugiriera vehementemente el no aprobar la reforma a la Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras.
Aseveró que esta medida “es de las peores” en materia económica que se haya tomado recientemente en el país.
“Creer que puedes aumentar infinitamente la alícuota de impuestos implica, sí o sí, un incremento en la recaudación de tributos es una ingenuidad, por no decir menos”, destacó.
Por su parte, el abogado y contador público, José Javier García, enumeró que de haberse aprobado en los términos en que estaba el borrador sujeto a discusión:
1.- No hubo la consulta prevista en el artículo 211 de la Constitución Nacional.
2.- Se amplía el universo de contribuyentes, incluyendo a las personas naturales.
3.- Se espera un impacto inflacionario / incremento de precios a ser soportado por los consumidores finales.
4.- Queda pendiente confirmar la forma de recaudación del tributo a ser causado por los nuevos contribuyentes, vía declaración propia o vía agentes de percepción.
La economista Tamara Herrera afirmó que “es muy negativo” la aprobación de la reforma de la ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras, puesto que están echando por la borda el avance que ocurrió el último año y medio en materia económica.
Puntualizó en el programa “El Toque DeReforma a Ley de Grandes Transacciones Financieras es de las peores por las implicaciones sobre la economía Diana”, transmitido por La Romántica 88.9 FM, que lo que están haciendo ahora por la necesidad de tributos, “se han excedido y están produciendo un proceso de involución”.
Advirtió qu es una decisión económica que va a encarecer la vida y el aumento de costos que va a producir va a ser importante.
“Están produciendo ese clima de desconfianza, no es cierto que poner un impuesto más alto a los dólares va a favorecer al bolívar”, detalló.
Afirmó que el hecho de que el fisco nacional necesite impuestos es comprensible, “pero hacen cosas desbocadas que tienen un contrapeso negativo”.
La iniciativa fue presentada por por la Comisión Permanente de Economía, Finanzas y Desarrollo Nacional y, según los diputados, la finalidad es que las operaciones en divisas paguen un impuesto similar o superior al que cancelan los débitos en bolívares.
Los cambios hechos a la normatima legal procuran “un mayor incentivo y confianza” en el uso de la moneda venezolana, por lo que está abierta la posibilidad de incrementar la alícuota para las transacciones no convencionales con moneda extranjera y criptomonedas.
También, está previsto que los cambios hechos a la ley entren en vigencia dentro de 30 días continuos cuando la normativa sea publicada en la Gaceta Oficial de la nación.
Tras ser aprobada en el Parlamento, la ley será remitida al Ejecutivo Nacional para ser revisada y posteriormente promulgada.
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