En el derecho la prescripción es la pérdida del poder que tiene el Estado para castigar a los delincuentes; pero hay delitos que no prescriben.
Según la vigente constitución nacional, existen delitos que son imprescriptibles, los que están indicados en los artículos 29 y 271.El 29 se refiere a los delitos de lesa humanidad, violaciones graves a los derechos humanos y los crímenes de guerra.
El 271, trata de la corrupción y Patrimonio Público, precisando que las acciones penales para perseguir los delitos de corrupción y tráfico de drogas tampoco prescriben
En resumen, quien incurra en realizar estos delitos, en cualquier tiempo puede ser enjuiciado. Dr. Alirio Figueroa Zavala
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